PIERRE LOUIS JOSEPH/POLICÍA DE INVESTIGACIONES DE CHILE - SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Rol
Fecha
18 de julio de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Gonzalo Flores Calfullan, en representación de Joseph Pierre Louis, haitiano, quien deduce de recurso de amparo, en contra de la Policía de Investigaciones de Chile y el Departamento de Extranjería, por privar, perturbar y amenazar el derecho constitucional de la libertad personal y seguridad individual del amparado, establecido en el artículo 19 N° 7 y cautelado en el artículo N°21 de la Constitución Política de la República. Refiere que habiendo arribado al país el día 29 de junio de 2022 por vía aérea desde República Dominicana, se le prohibió el ingreso al país siendo retenido en el aeropuerto, pese a contar con certificado de residencia definitiva en trámite, el cual acreditaría su residencia legal en el país y lo facultaría para desarrollar actividades lícitas. Refiere que la solicitud de residencia definitiva fue solicitada con fecha 25 de mayo del año en curso. Y especifica que el hecho impugnado es el estar retenido por personal de la Policía de Investigaciones de Chile en un lugar distinto a un recinto de detención. En virtud de lo anterior, solicita tener por interpuesta acción constitucional de amparo en contra de un eventual acto administrativo dictado y en contra de la Policía de Investigaciones de Chile, departamento de Extranjería, darle tramitación y en definitiva acoger el recurso de amparo interpuesto, revocando toda orden de expulsión que se haya podido dictar en su contra y/o ordenándose proceda a la libertad por gozar de regularización migratoria. Segundo: Que, informando la Prefectura Policía internacional Aeropuerto, refirió lo siguiente. Señala que el amparado se presentó al control migratorio de ingreso a Chile, verificándose que el pasajero no poseía visa de residencia ni tampoco mantenía trámites válidos y vigentes para ser considerado como tal. Hace presente que el amparado fue titular de visa temporal, otorgada en el año 2018 mediante Resolución Exenta N° 1662, de 24 de e
Fallo
Por estas consideraciones y atendido, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se rechaza, sin costas, la acción constitucional de amparo interpuesta en favor de Joseph Pierre Louis, en contra de la Policía de Investigaciones de Chile y el Departamento de Extranjería. Acordada con el voto en contra del Ministro señor Jorge Zepeda, quien fue de opinión de acoger el recurso, atendido que de los antecedentes la autoridad migratoria -Servicio Nacional de Migraciones- ha reconocido la existencia de una solicitud de visación definitiva de parte del amparado y ha señalado en estrados que en el día de hoy ésta será rechazada, por haber sido formulada desde el extranjero y una vez vencidos los plazos de término de la visa temporal, rechazo que sería notificado vía internet de acuerdo con las reglas de los procedimientos generales sobre la materia. En tales circunstancias, a juicio de este disidente, teniendo presente que el artículo 3 inciso 1º de la ley N° 21.325, dispone, en cuanto a la promoción, respeto y garantía de derechos, el Estado deberá proteger y respetar los derechos humanos de las personas extranjeras que se encuentren en Chile, sin importar su condición migratoria, incluidos los afectos a la ley Nº 20.430. Por consiguiente, no hay constancia que la solicitud de visa definitiva del extranjero, que salió regularmente del país bajo el amparo de una visa temporal, haya si
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, dieciocho de julio de dos mil veintidós. Al folio 20 y a los escritos folios 21, 22 y 23: a todo, téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Gonzalo Flores Calfullan, en representación de Joseph Pierre Louis, haitiano, quien deduce de recurso de amparo, en contra de la Policía de Investigaciones de Chile y el Departamento de Extranje
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