SIN INFORMACION

CORNEJO/ISAPRE CRUZ BLANCA S.A.

Rol

Fecha

18 de julio de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

APELACIÓN INADMISIBLE

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Hechos

Visto: 1°).- Que el numeral 2°, acápite segundo, parte final, del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de las Garantías Constitucionales, dispone que la resolución que declare la inadmisibilidad del recurso: “…será susceptible del recurso de reposición ante el mismo tribunal, el que deberá interponerse dentro de tercero día. En carácter de subsidiario de la reposición, procederá la apelación para ante la Corte Suprema….”. 2°).- Que, en el presente caso, no se dedujo el recurso de apelación en forma subsidiaria a uno de reposición, sino que lo fue de manera directa, lo que no es procedente. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de las Garantías Constitucionales, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto en contra de la resolución de doce de julio de dos mil veintidós. Archívese. N°Protección-93783-2022. Pronunciada por la Primera Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la Ministra señora María Paula Merino Verdugo e integrada por el Ministro (S) señor Rodrigo Ignacio Carvajal Schnettler y por el Abogado Integrante señor Cristian Luis Lepín Molina.

Fallo

Fallo del Recurso de Protección de las Garantías Constitucionales, dispone que la resolución que declare la inadmisibilidad del recurso: “…será susceptible del recurso de reposición ante el mismo tribunal, el que deberá interponerse dentro de tercero día. En carácter de subsidiario de la reposición, procederá la apelación para ante la Corte Suprema….”. 2°).- Que, en el presente caso, no se dedujo el recurso de apelación en forma subsidiaria a uno de reposición, sino que lo fue de manera directa, lo que no es procedente. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de las Garantías Constitucionales, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto en contra de la resolución de doce de julio de dos mil veintidós. Archívese. N°Protección-93783-2022. Pronunciada por la Primera Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la Ministra señora María Paula Merino Verdugo e integrada por el Ministro (S) señor Rodrigo Ignacio Carvajal Schnettler y por el Abogado Integrante señor Cristian Luis Lepín Molina.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago. gvb Santiago, dieciocho de julio de dos mil veintidós.- pam. Visto: 1°).- Que el numeral 2°, acápite segundo, parte final, del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de las Garantías Constitucionales, dispone que la resolución que declare la inadmisibilidad del recurso: “…será susceptible del recurso de reposición ante el mism

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