M.P C/ JUAN MANUEL GONZALEZ SANTIS
Rol
Fecha
18 de julio de 2022
Materia
TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos y oídos los intervinientes: Que, de acuerdo al mérito de lo expuesto en la audiencia, aparece que se encuentran justificados los presupuestos materiales de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal respecto de los delitos por los que fue formalizado el imputado, y se estima que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, en relación con lo dispuesto en la letra c) de la norma antes mencionada,
Fundamentos
considerando su número, gravedad, forma de comisión, penas probables a imponer, modalidad de cumplimiento y bienes jurídicos afectados, lo que torna insuficientes las restantes medidas cautelares previstas por el legislador procesal penal a los efectos normados en el inciso segundo del artículo 139 del referido cuerpo legal. Y visto, además, lo dispuesto en los artículos 352 y siguientes del Código antes citado, se confirma la resolución dictada en audiencia de ocho de julio del año en curso, por el Juzgado de Garantía de Puente Alto, que decretó la prisión preventiva del imputado Juan Manuel González Santis. Comuníquese vía interconexión y devuélvase. N° 1935-2022 Penal
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En San Miguel, a dieciocho de julio de dos mil veintidós. Sala: Tercera Sala Rol: 1935-2022 Penal Ruc: 2100905213-2 RIT: 4696-2022 Tribunal: Juzgado de Garantía de Puente Alto Integrantes: Ministros señora Adriana Sottovia Giménez y señora M. Alejandra Pizarro Soto y Fiscal Judicial señora Tita Aránguiz Zúñiga Relator: Nicole Bustos Maulén Digitadora: Marliz Vergara Jaramillo Fiscal: Paul Saint J
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