SIN INFORMACION

/TRIBUNAL DE GARANTÍA DE PUERTO VARAS

Rol

Fecha

16 de julio de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: A folio 1 comparece el abogado Sergio Díaz Bravo, en representación del imputado privado de libertad Franco del Solar Villarroel, quien por vía del recurso de amparo impugna la resolución pronunciada el 12 de julio de 2022 en antecedentes RIT 2089-2021 del Juzgado de Garantía de Puerto Varas por la Jueza Paulina Tapia Lorca que, a petición del Ministerio Público, dispuso reagendar la audiencia de preparación de juicio oral fijada para dicho día para el día 28 de julio. Pide se ordene al Juzgado de Garantía fijar nuevo día y hora para la realización de la audiencia en un plazo no superior a 48 horas.  En los antecedentes de referencia se investiga la responsabilidad del imputado en un delito de homicidio. En dicho contexto, el recurrente explica que el imputado se encuentra sujeto a la cautelar de prisión preventiva. Refiere que el día 12 de julio se debía realizar la audiencia de preparación de juicio oral, sin embargo, el Fiscal del Ministerio Público, Fabían Fernandez Gatica, reiteró una petición realizada días antes en el sentido de pedir nueva fecha para la realización de la audiencia, argumentando que no podía comparecer personalmente por estar citado a un juicio oral en la misma fecha. A dicha petición se adhirió el querellante.   Señala el recurrente que dicha reprogramación no tenía asidero legal, sin perjuicio además de que el Fiscal del Ministerio Público tenía conocimiento desde hace más de un mes de la fecha en la que se fijó la audiencia de preparación, pudiendo comparecer otro fiscal a la audiencia, máxime si el imputado se encuentra privado de libertad.  Indica que, sin embargo, la Jueza Paulina Tapia decidió acoger la petición del Ministerio Público, fijando una nueva fecha para la realización de la audiencia de preparación, decisión que el recurrente impugna por estimarla contraria a los establecido en los artículos 36 y 260 del Código Procesal Penal y carente de fundamentación, en particular en cuanto a sus

Fundamentos

fundamentos de derecho, dado que las reglas procesales no establecen la posibilidad de suspender o reagendar la audiencia de preparación, salvo cuando se trata de una cautela de garantías de los derechos del imputado, cuyo no es el caso.  Informa el recurso la Jueza de Garantía Paulina Tapia Lorca quien, en lo pertinente, refiere que el imputado fue detenido el 2 de junio de 2021, detención que fue ampliada en audiencia de control hasta el 6 de junio de 2021, oportunidad en la que se decretó la cautelar de prisión preventiva, previa formalización por un delito de homicidio. Señala que la última vez que se revisó la cautelar fue el 6 de junio del año en curso, fecha en la se mantuvo y se comunicó el cierre de la investigación. En la misma fecha se presentó acusación por el Fiscal Adjunto Fabián Fernández García, proveída el 8 de junio, fijándose audiencia de preparación para el 12 de julio. El 24 de junio se presentó además acusación particular por el querellante.  El 7 de julio, el Fiscal del Ministerio Público Fabian Fernández García, presentó solicitud de reprogramación de la audiencia de preparación, por estar el mismo día en audiencia de juicio oral ante el Tribunal Oral en lo Penal de Puerto Montt. Se otorgó traslado por escrito y el querellante se adhirió a la petición. La defensa se opuso, dejándose la resolución del asunto para la audiencia fijada el 12 de julio. Aquel día compareció el Fiscal Fabián Fernandez García, quien señaló que lo hacía con autorización otorgada por el Tribunal Oral en lo Penal de Puerto Montt hasta la 9:45 hrs para asistir a esta causa, como así también a otra audiencia de preparación (RIT 1736-2021) también por un delito de homicidio, pero de una persona menor de edad, con querellante y defensa privada.  Señala que después de escuchar a las partes, el hecho de que el Fiscal estaba en un juicio oral que se estaba realizando por segunda vez, cuya proyección era de 10 días, se resolvió finalmente reprogramar la audiencia para el 28 de julio a las 8:30, día más próximo en la agenda del Tribunal.  Refiere que la audiencia se extendió entre las 8:41 hrs y las 9:01 hrs y luego se realizó una audiencia de preparación en otra causa, que se extendió hasta las 10:30 hrs, en la que el Fiscal tuvo que retirarse antes, por encontrarse en audiencia ante el Tribunal Oral en lo penal de Puerto Montt. En dicho orden de cosas, sostiene que la resolución que acogió la petición de reprogramación los acusadores no es caprichosa, pues se dictó después de escuchar a los intervinientes y ponderar la complejidad de la causa, no pareciendo razonable que asumiera fiscal o querellante delegado y sin estudio de una causa de alta connotación pública y larga duración, sobre todo si el mismo día además se realizó audiencia de preparación en otra causa también de alta complejidad, lo que ya excedía de la agenda diaria del Tribunal.  Agrega que el Fiscal, dada la falta de personal actualmente en la Fiscalía Local de Puerto Varas, pidió permiso al

Fallo

Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 19 y 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado sobre tramitación del recurso de amparo, se rechaza, sin costas, el recurso de amparo interpuesto por el abogado Sergio Díaz Bravo en representación de Franco del Solar Villarroel, en contra de la resolución pronunciada el 12 de julio de 2022 por doña Paulina Tapia Lorca, Jueza del Juzgado de Garantía de Puerto Varas, sin perjuicio de la prevención antes indicada. Redacción a cargo de la Abogada Integrante Patricia Belmar Stumpfoll. No firma el Sr. Fiscal Judicial Subrogante don Cristian Rojas Collao, no obstante haber concurrido a la vista y acuerdo de la presente causa, por haber cesado en sus funciones. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. Rol Amparo N° 285-2022.

Texto Completo (Preview)

Puerto Montt, dieciséis de julio de dos mil veintidós. Vistos: A folio 1 comparece el abogado Sergio Díaz Bravo, en representación del imputado privado de libertad Franco del Solar Villarroel, quien por vía del recurso de amparo impugna la resolución pronunciada el 12 de julio de 2022 en antecedentes RIT 2089-2021 del Juzgado de Garantía de Puerto Varas por la Jueza Paulina Tapia Lorca que, a pet

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