SIN INFORMACION

GEYSON ANDRES OLIVARES CARMONA/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL (1° SEMESTRE 2022)

Rol

Fecha

15 de julio de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece Camila Jeraldo Contreras, defensora penal pública penitenciaria, interponiendo acción constitucional de amparo en favor de Geyson Andrés Olivares Carmona, cédula de identidad Nº 15.802.685-6, actualmente privado de libertad en el Centro de Detención Preventiva de Ovalle, en contra de la Comisión de Libertad Condicional, por el acto ilegal y arbitrario consistente en denegar el otorgamiento del beneficio de libertad condicional al amparado. Sostiene que la decisión adoptada por la Comisión de Libertad Condicional, a través de Resolución N° 388-2022, de fecha 14 de abril de 2022, afecta directamente la libertad personal de su representado, ya que extiende de manera ilegal y arbitraria su privación de libertad, vulnerando la garantía constitucional establecida en el artículo 19 Nº 7 de la Carta Fundamental. Explica que el amparado cumple una condena de 61 días de presidio menor en su grado mínimo, además de una condena 3 años y un día de presidio menor en su grado máximo por los delitos de receptación y porte de arma prohibida. El cumplimiento de condena inició el 30 de enero de 2021 y su término está fijado para el 21 de octubre de 2023. Así, ya cumplió el tiempo mínimo de condena para acceder al beneficio. Agrega que la conducta de su representado ha sido calificada en los cinco últimos bimestres como “muy buena”, por lo que cumple, asimismo, con lo exigido en el artículo 2 N° 2 del Decreto Ley 321. Sin embargo, la Comisión de Libertad Condicional decidió rechazar el beneficio, pues el informe de postulación psicosocial de Gendarmería no permite demostrar que, a la época de postulación, pueda lograr una adecuada reinserción en la sociedad, al presentar un alto riesgo de reincidencia. Hace presente antecedentes que obran en informe social elaborado por la asistente social Wally Portflitt Toro, donde consta que su representado registra participación en talleres y actividades, desarrollando labores de mantención y aseo desde el mes de mayo 2021, con una buena evaluación por parte del encargado laboral, además de desempeñarse de forma independiente en el rubro de la artesanía en madera al interior del módulo donde habita. Asimismo, menciona que el condenado cuenta con una red de apoyo en el medio libre, conformada principalmente por su madre, padrastro y hermanos, quienes residen en el pueblo de Limarí y se configuran como un importante factor protector en su vida, logrando mantener conductas prosociales que lo benefician en el ámbito emocional, económico y habitacional. Añade que el interno reconoce autoría y su responsabilidad en el delito cometido; verbaliza durante la entrevista gravedad de los hechos, expresando su arrepentimiento por “las malas decisiones que ha tomado”. Logra reflexionar acerca de los motivos que lo llevan a incurrir en conductas trasgresoras, identificando a pares y contexto social como factores de riesgo, así como también el consumo de drogas. En relación con lo anterior, refiere no ma

Fallo

Por tanto, pide que se acoja la solicitud y se deje sin efecto la decisión denegatoria adoptada por la Comisión de Libertad Condicional, otorgándose el beneficio señalado. Acompaña a su recurso: 1. Copia de la resolución N° 388-2022, pronunciada por la Comisión de Libertad Condicional. 2. Formulario Consolidado de postulación al proceso de Libertad Condicional. 3. Informe de postulación psicosocial de Libertad Condicional. 4. Informe social emitido por la Trabajadora Social de la Defensoría Penal Pública, Wally Portflitt Toro. SEGUNDO: Que evacuó informe don Sergio Troncoso Espinoza, Ministro Presidente de la Comisión de Libertad Condicional, por sí y en representación de los miembros de la Comisión de Libertad Condicional, quien refiere que se rechazó la solicitud del interno invocando como fundamento que este no reunía los requisitos necesarios para un cumplimiento en libertad, debido a que, según el informe de postulación, el amparado presenta un alto riesgo de reincidencia, sin que evidencie conciencia del delito ni del mal causado, y tampoco manifiesta un rechazo explícito a los delitos cometidos. Dijo que para resolver se tuvo presente el extenso prontuario del sentenciado, quien registra condenas anteriores por varios delitos de hurto y robo con fuerza en las cosas en lugar no habitado, y, especialmente, lo expuesto en el Informe psicosocial suscrito por los profesionales de Gendarmería de Chile, que en sus conclusiones técnicas, en un análisis global del proceso de r

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Olivares Carmona, Geyson Comisión de Libertad Condicional Recurso de Amparo Rol N°289-2022.- La Serena, quince de julio de dos mil veintidós. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece Camila Jeraldo Contreras, defensora penal pública penitenciaria, interponiendo acción constitucional de amparo en favor de Geyson Andrés Olivares Carmona, cédula de identidad Nº 15.802.685-6, actualmente privado

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