JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE CONCEPCION

MICHAEL ANDRES VERGARA VILLEGAS CON ARIZTIA COMERCIAL LIMITADA

Rol

Fecha

15 de julio de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

REVOCADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: 1°) Que, del examen de los antecedentes contenidos en la carpeta virtual, se advierte lo siguiente: a) En la denuncia / demanda por tutela, presentada el 30 de noviembre de 2021, patrocinada por el abogado Luis Alejandro Inostroza Ortega, figuran como denunciantes / demandantes, José Darío Fernández García y Michael Andrés Vergara Villegas, los datos personales de este último son: chileno, soltero, desempleado, cedula nacional de identidad número 17.541.970-5, con domicilio en Pasaje 4, casa 2718, Población Nueva Briceño, comuna de Concepción; b) Por resolución de 2 de diciembre de 2021, dicha denuncia no fue admitida a tramitación; al efecto, el A Quo resolvió: “Previo a proveer, acompáñese íntegramente el texto de la denuncia, ya que solo se acompañó la primera página. Sin perjuicio de lo anterior, previo a proveer, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 490 del Código del Trabajo, esto es, acompáñese todos los antecedentes en los que se fundamente la denuncia, dentro de quinto día.”; c) Con fecha 29 de abril de 2022, compareció Michael Andrés Vergara Villegas, quien revocó el patrocinio y poder antes conferido al abogado Luis Alejandro Inostroza Ortega, ratificando todo lo obrado por éste, designando como nueva abogada patrocinante a Carmen Gloria Solís Pérez, a quien confirió poder. En el tercer otrosí de la misma presentación, los comparecientes señalan textualmente: “TERCER OTROSI: RUEGO A S.S., tener por cumplido lo ordenado en el sentido de acompañar texto íntegro de la demanda subida con fecha 30 de noviembre de 2021 y documentos ofrecidos en la misma.”; d) En la denuncia / demanda por tutela acompañada por la parte denunciante / demandante el 29 de abril, figura solamente el actor “Michael Vergara Andrés Vergara (SIC) chileno, casado, vendedor, cedula nacional de identidad número 17.541.970-5., domiciliado en Pasaje 4. Casa N° 2718, Población Nueva Briceño, comuna y ciudad de Concepción”; e) Ratificado el nuevo patrocinio y po

Fallo

Por estas consideraciones, disposiciones legales citadas y conforme lo dispuesto en el artículo 476 del Código del Trabajo, SE REVOCA, sin costas, la resolución de dieciséis de mayo de dos mil veintidós, dictada en los autos RIT T-524-2021, RUC 21-4-0371198-2, del Juzgado de Letras del Trabajo de Concepción, que tuvo por no presentada la demanda para todos los efectos legales y en su lugar se declara que dicho tribunal dará curso a la misma dictando, por juez no inhabilitado, la resolución que en derecho corresponda. Notifíquese y devuélvase. Redacción del ministro (S) Waldemar Koch Salazar. No firma la ministra Vivian Toloza Fernández, no obstante haber concurrido a la vista de la causa y al acuerdo, por encontrarse con licencia médica. Rol N° 386-2022, Laboral.

Texto Completo (Preview)

Concepción, quince de julio de dos mil veintidós. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: 1°) Que, del examen de los antecedentes contenidos en la carpeta virtual, se advierte lo siguiente: a) En la denuncia / demanda por tutela, presentada el 30 de noviembre de 2021, patrocinada por el abogado Luis Alejandro Inostroza Ortega, figuran como denunciantes / demandantes, José Darío Fernández García y Michael Andr

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