2º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES/FUICA

Rol

Fecha

18 de julio de 2022

Materia

OBLIGACIÓN DE DAR, CUMPLIMIENTO

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Que el recurso de apelación, en materia civil, procede contra las sentencias definitivas y contra las interlocutorias de primera instancia, y en el caso de autos y decretos, cuando éstos alteran la sustanciación regular del juicio o recaen sobre trámites que no están expresamente ordenados por la ley, naturaleza jurídica que, en la especie, no se cumple, razón por la cual el presente recurso no puede ser admitido a tramitación. Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 187, 188 y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la parte ejecutada, el catorce de marzo de dos mil veintidós, en contra de la resolución de ocho del mismo mes y año. Al folio 4; a todo, aténgase a lo resuelto. Regístrese y devuélvase. N°Civil-8934-2022.

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 187, 188 y 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por la parte ejecutada, el catorce de marzo de dos mil veintidós, en contra de la resolución de ocho del mismo mes y año. Al folio 4; a todo, aténgase a lo resuelto. Regístrese y devuélvase. N°Civil-8934-2022.

Texto Completo (Preview)

chv C.A. de Santiago Santiago, dieciocho de julio de dos mil veintidós. Teniendo presente que el recurso de apelación materia del presente ingreso se deduce por el ejecutado y no quien erróneamente se consigna en la resolución que concede el mismo, estese a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: Que el recurso de apelación, en materia civil, procede contra las sentencias definitivas y co

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