MAOLI AREVALO TORRES Y OTRA / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
15 de julio de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Sebastián José Aguayo Romanini en representación de doña Maoli del Valle Arévalo Torres, venezolana, empleada, cédula nacional de identidad número 27.155.349-8, y esta última en representación de su hija Eliette Naomi Parra Arévalo, de 4 años, venezolana, cédula nacional de identidad número 27.633.674-6, ambas domiciliadas en calle San Nicolás N°1278, depto. 604, comuna de San Miguel, recurriendo de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión ilegal y arbitraria consistente en la falta de pronunciamiento de su solicitud de permanencia definitiva, omisión que afecta su derecho a la igualdad ante la ley, asegurado en el artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la República, lo que también transgrede los artículos 4, 7, 9 y 27 de la Ley 19.880. Expone que su representada llegó a Chile en abril de 2019, obteniendo visa temporaria profesional dado su título de abofada, y desde esa fecha se ha mantenido con trabajo estable y de manera formal, siendo actualmente jefa de una tienda de retail y posteriormente, el 10 de diciembre de 2020, realizó solicitud de Visa de Permanencia Definitiva respecto de ella y de su hija menor de edad. Agrega que desde esa fecha no ha recibido ninguna comunicación por parte del recurrido, lo que lo mantiene en una situación de preocupación e incertidumbre ante un trámite que ha demorado más de un año a la fecha, lo que le ha provocado un enorme perjuicio, ya que no pueden renovar sus cédulas de identidad, ni tampoco realizar ciertos trámites bancarios, como solicitar créditos de consumo o hipotecarios. Sostiene que la omisión es arbitraria e ilegal toda vez que a la fecha de interposición de su recurso ha transcurrido un tiempo excesivo sin que la autoridad administrativa se pronuncie sobre la solicitud formulada, actuar que infringe lo dispuesto en la Ley 19.880. Solicitan que se acoja el presente recurso ordenando al recurrido pronunciarse so
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema que rige la materia, se acoge, sin costas, el recurso de protección deducido por el abogado Sebastián José Aguayo Romanini en representación de doña Maoli del Valle Arévalo Torres y esta última en representación de su hija Eliette Naomi Parra Arévalo, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, sólo en cuanto se dispone que esta repartición deberá emitir pronunciamiento definitivo sobre la solicitud planteada, dentro del plazo de sesenta días corridos contados desde que la sentencia se encuentre ejecutoriada. Acordada con el voto en contra de la señora Mondaca, quien estuvo por rechazar la acción cautelar, teniendo para ello presente, lo siguiente: 1°) Que no se advierte la existencia de un acto que pueda ser calificado de arbitrario o ilegal desde que, la solicitud del actor se encuentra en etapa de análisis resolutivo, de lo que se sigue que la institución recurrida le ha dado tramitación a la misma para emitir su pronunciamiento definitivo. 2°) Que, mientras se resuelva la petición del recurrente, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 38 y 45, éste último en relación con el artículo 43, todos de la Ley N°21.325, su situación migratoria es regular, por lo que no se constata la existencia de ilegalidad o arbitrariedad alguna en el actuar de la autoridad recurrida, lo que impide que la pr
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San Miguel, quince de julio de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Sebastián José Aguayo Romanini en representación de doña Maoli del Valle Arévalo Torres, venezolana, empleada, cédula nacional de identidad número 27.155.349-8, y esta última en representación de su hija Eliette Naomi Parra Arévalo, de 4 años, venezolana, cédula nacional de identidad nú
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