INVERSIONES E INMOBILIARIA JM SPA/VIDAL
Rol
Fecha
18 de julio de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos: Primero: Que a fin de resolver la admisibilidad del arbitrio, es preciso dilucidar si concurren los requisitos contemplados en los artículos 545 y siguientes del Código Orgánico de Tribunales y, más concretamente aún, si se impugna alguna resolución que participe de la naturaleza jurídica exigida, esto es, que se trate de una sentencia interlocutoria que ponga fin al juicio o haga imposible su continuación o de sentencia definitiva que no sea susceptible de recurso alguno, ordinario o extraordinario. Segundo: Que, el recurso se ha dirigido en contra de la resolución de uno de julio de dos mil veintidós que acogió parcialmente un recurso de reposición deducido por el quejoso, indicando que la fecha de convalidación del despido para todos los efectos legales es el veintidós de marzo del año en curso. Tercero: Que, la referida resolución no se enmarca dentro de la enumeración taxativa del artículo 545 del Código Orgánico de Tribunales, ya referida. Como necesaria consecuencia de ello, resulta entonces que por su naturaleza jurídica dicha resolución no hace admisible a su respecto el recurso de queja; Por estas consideraciones, se declara inadmisible el recurso de queja deducido en contra el juez del 1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago don Mauricio Alejandro Vidal Caro. Al segundo otrosí: téngase presente. En su oportunidad, archívese. N°Laboral - Cobranza-2057-2022.
Fallo
Por estas consideraciones, se declara inadmisible el recurso de queja deducido en contra el juez del 1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago don Mauricio Alejandro Vidal Caro. Al segundo otrosí: téngase presente. En su oportunidad, archívese. N°Laboral - Cobranza-2057-2022.
Texto Completo (Preview)
mplb C.A. de Santiago Santiago, dieciocho de julio de dos mil veintidós. Al folio N° 4: a lo principal, por cumplido lo ordenado el doce de julio último; al otrosí, estese a lo que se resolverá. A los folios Nos 2 y 5: estese a lo que se resolverá. Resolviendo lo pendiente del folio N° 1: A lo principal: Vistos: Primero: Que a fin de resolver la admisibilidad del arbitrio, es preciso dilucidar
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