14º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

MALLEA IMPRESORES LIMITADA/TRUÁN - VISTA EN POS DEL ANTERIOR

Rol

Fecha

14 de julio de 2022

Materia

OTROS ORDINARIOS

Resultado

REVOCADA

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: 1°.- Que, como se sabe, la doctrina define la demanda reconvencional como la contrademanda del demandado frente al demandante, que la deduce utilizando el procedimiento judicial originado por iniciativa de este último. La razón que consagra esta institución en claramente el principio de economía procesal; 2°.- Que por su parte, la doctrina y la jurisprudencia agregan a lo señalado en el artículo 315 del Código de Procedimiento Civil, como requisitos de admisibilidad de la reconvención, que la contraprestación que ella contenga se encuentre sometido al mismo procedimiento de la demanda principal y que sea deducida sólo en contra del mismo demandante principal, resultando inadmisible una demanda reconvencional en que un demandado pretenda reconvenir a un co-demandado. Luego, compartiendo esta Corte que la acción planteada en la acción reconvencional es la de simulación de un contrato de arrendamiento, el procedimiento ordinario es el adecuado para su tramitación. No obstante lo dicho, pese al confuso planteamiento de la demanda reconvencional, habiéndose deducido en contra del demandante principal y, en la práctica, pese a que no se señala expresamente, de un co-demandado, ajeno al juicio original, dado que se pide la declaración de simulación de un contrato de arrendamiento que se dice celebrado entre Mallea Impresores Limitada y McDylon SpA -que es un tercero ajeno al juicio-, ella debe ser formalmente declarada inadmisible. Por estas consideraciones, normas legales citadas y atendido además lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución apelada de fecha cuatro de septiembre de dos mil veinte, pronunciada por el 14° Juzgado Civil de Santiago, en los autos rol N° C-17.102-20, que declaró admisible la demanda reconvencional formulada por los demandados Mauricio Truan Alonso, Festivus SpA, Inmobiliaria Lautaro SpA y Los Pinos SpA; y en su lugar se la declara inadmisible. Devuélvase la

Fallo

Por estas consideraciones, normas legales citadas y atendido además lo dispuesto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución apelada de fecha cuatro de septiembre de dos mil veinte, pronunciada por el 14° Juzgado Civil de Santiago, en los autos rol N° C-17.102-20, que declaró admisible la demanda reconvencional formulada por los demandados Mauricio Truan Alonso, Festivus SpA, Inmobiliaria Lautaro SpA y Los Pinos SpA; y en su lugar se la declara inadmisible. Devuélvase la competencia. Civil N°9.123-2021.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, catorce de julio de dos mil veintidós. Al folio 23; a todo, téngase presente. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: 1°.- Que, como se sabe, la doctrina define la demanda reconvencional como la contrademanda del demandado frente al demandante, que la deduce utilizando el procedimiento judicial originado por iniciativa de este último. La razón que consagra esta institución en clarame

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