SIN INFORMACION

NAVARRO/COMUNICACIONES LAGOS DEL SUR LIMITADA

Rol

Fecha

12 de julio de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Comparece la abogada doña FRANCISCA CAROLINA MANCILLA BARRIA, quien recurre de protección a favor de don REINALDO ALEX NAVARRO VARGAS, en contra de SOCIEDAD PERIODISTICA LA ARAUCANIA S.A.(Diario Austral de Osorno), representada convencionalmente por don AGUSTIN GIOVANAZZI DE LA SOTTA, ambos domiciliados en O’Higgins N° 870, comuna de Osorno y COMUNICACIONES LAGOS DEL SUR LIMITADA (Radio Mia F.M.), representada convencionalmente por doña JIMENA CECILIA ASENCIO JARA, ambos domiciliados en Pedro Montt N°328 de la comuna de Rio Negro, por la privación y/o perturbación ilegal y arbitraria de los derechos de sus representados consagrados en el artículo 19 en sus numerales 3 y 4, de la Constitución Política de la República, en consideración a los

Fundamentos

fundamentos de hecho y de derecho que expone: Señala que con fecha 15 de mayo del año en curso, el diario Austral de Osorno, publicó la siguiente noticia “Hombre que violo a haitiana en Rio Negro deberá cumplir condena de 8 años de cárcel”, noticia que fue viralizada a través de la plataforma social Facebook, donde se individualiza a su representado don Reinaldo Alex Navarro Vargas, señalando que “ un veredicto condenatorio recibió un trabajador de la construcción domiciliado en Rio Negro, quien fue acusado del delito de violación cometió en contra de una mujer de 27 años, de nacionalidad haitiana. El hecho ocurrió el año 2018 en el inmueble del acusado, identificado como Reinaldo Navarro, de 46 años. La victima hoy, hoy de 31 años, según investigación de la Fiscalía había llegado a Chile el 21 de enero de 2018 desde Puerto Príncipe (Haití), viaje que lo realizo con la ayuda de una tía que vive en Estados Unidos, con la esperanza de poder tener una mejor situación económica, ya que sus expectativas eran trabajar y residir en nuestro país. El agresor, que tenía unos colegas unos ciudadanos haitianos, supo que la joven buscaba trabajo y le comento a uno de ellos que necesitaba una persona para cuidar a una adulta mayor postrada. Esta noticia le fue trasmitida a la víctima, quien viajo a Osorno donde se contactó con sus amigos y supuesto “empleador”, quien le llevo hasta su casa en Rio Negro. Aprovechando que estaban solos en la vivienda, el hombre la tomo por la fuerza y la lanzo a la cama donde procedió a cometer la violación. El ministerio público solicito 10 años, pero el tribunal en lo Penal de Osorno (TOP) lo sentencio a cumplir la pena de efectiva de 8 años de presidio mayor en su grado mínimo. Si bien se contaba con los testimonios de la víctima y de sus amigos que fueron lo que reforzaron la denuncia, con el correr de los días la joven dejo la zona y luego el país. “esta causa tuvo su dificultad adicional, que ella (víctima) a raíz de la inestabilidad migratoria en la que estaba en Chile, se fue del país rumbo a Estados Unidos y la unidad de víctimas y testigos de la fiscalía logro ubicarla en Tijuana. Se logró que viajara al consulado chileno en ese país, donde pudimos mediante interprete su declaración anticipada para el juicio, lo que ayudo a reforzar las pruebas para acreditar los hechos”, añadió el fiscal Daniel Alvarado” Lo que fue visto y comentado por una serie de personas que pudieron ver la noticia. En el mismo sentido a través de una publicación en la plataforma FACEBOOK con fecha 15 de mayo en curso, se publicó por Radio Mía Rio Negro, la noticia publicada en el Diario Austral de Osorno. Acompaña publicaciones efectuadas en red social Facebook, por las recurridas. En definitiva, estima que los hechos denunciados constituyen un acto ilegal y arbitrario, por lo que pide se acoja el recurso y se ordene a las recurridas: “Eliminar todo el contenido publicado por el diario El Austral de Osorno y Radio Mía F.M. en redes sociales,

Fallo

Por lo expuesto, y visto, además, lo dispuesto por en los artículos 19 Nº 3 y 4, más artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se RECHAZA, sin costas, el recurso de protección interpuesto por la abogada FRANCISCA CAROLINA MANCILLA BARRIA, en favor de don REINALDO ALEX NAVARRO VARGAS, en contra de SOCIEDAD PERIODISTICA LA ARAUCANIA S.A.(Diario Austral de Osorno), representada convencionalmente por don AGUSTIN GIOVANAZZI DE LA SOTTA y COMUNICACIONES LAGOS DEL SUR LIMITADA (Radio Mía F.M.), representada convencionalmente por doña JIMENA CECILIA ASENCIO JARA. Regístrese, notifíquese y en su oportunidad, archívese. Redactada por el abogado integrante don Luis Felipe Galdames Bühler Rol 4197 – 2022 PRO.

Texto Completo (Preview)

Valdivia, doce de julio de dos mil veintidós. VISTOS: Comparece la abogada doña FRANCISCA CAROLINA MANCILLA BARRIA, quien recurre de protección a favor de don REINALDO ALEX NAVARRO VARGAS, en contra de SOCIEDAD PERIODISTICA LA ARAUCANIA S.A.(Diario Austral de Osorno), representada convencionalmente por don AGUSTIN GIOVANAZZI DE LA SOTTA, ambos domiciliados en O’Higgins N° 870, comuna de Osorno y

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