MANZANELLI HERRERA MARIO GERMAN/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL
Rol
Fecha
12 de julio de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece Ricardo González Ciudad, abogado, defensor penal público penitenciario, por el condenado Mario Germán Manzanelli Herrera, actualmente interno en el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, ejerciendo acción constitucional de amparo en contra de la resolución de fecha 14 de abril del presente año suscrita por la Comisión de Libertad Condicional de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago, mediante la cual decidió rechazar la postulación del amparado, ello sin ajustarse a la normativa vigente, por lo que su privación de libertad se torna arbitraria e ilegal, solicitando se revoque la resolución señalada y se ordene conceder la libertad condicional al condenado. Invoca como antecedentes de hecho que su representado se encuentra cumpliendo pena de 6 años de presidio mayor en su grado mínimo, por el delito de tráfico drogas, y 12 años, por el delito de asociación ilícita para el narcotráfico, ambas impuestas en causa RUC 0901120081-5, del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Los Andes. Que de acuerdo con la información entregada por Gendarmería de Chile, su representado registra como fecha de inicio de condena el día 02 de agosto de 2009, estimándose como fecha de término el 03 de agosto de 2027, cumpliendo el tiempo mínimo para postular a la Libertad de Condicional el 3 de agosto de 2021 y registra seis bimestres de muy buena conducta desde el bimestre de mayo - junio de 2021. Sostiene que la resolución administrativa mediante la cual se rechaza al amparado la libertad condicional a la que fue postulado, por la supuesta falta del cumplimiento de los requisitos legales para otorgarla, es un acto arbitrario e ilegal que afecta la libertad personal de su representado en contravención de lo dispuesto en la Constitución y las Leyes. El acto es ilegal pues no se ha dado respeto a la normativa vigente sobre Libertad Condicional ni a la Ley 19.880 de Bases de los Procedimientos Administrativos. En efecto, el propio informe sicosocial evacuado por Gendarmería de Chile da cuenta de elementos que deben considerarse como un avance en su proceso de reinserción. Señala que, tal como lo ha señalado la Exma. Corte Suprema, la obtención de la libertad condicional no tiene como requisito previo la obtención de permisos de salida. Agrega a lo anterior peritaje practicado por la sicóloga Teresa Muñoz al amparado que da cuenta que éste muestra restructuración cognitiva, conductual y emocional durante el cumplimiento de la condena, como lo es el uso del juicio crítico y el desarrollo de las capacidades de reflexión, empatía, control de sus impulsos, lo que ha incitado al análisis de sus conductas y pensamientos en el medio libre e identificar los factores de riesgos que potenciaron las conductas delictuales y que están relacionadas con la vinculación de grupo de pares criminológicos, consumo de sustancias y las distorsiones cognitivas que validaban el delito, desarrollando un pensamiento prosocial. Conforme lo expue
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo establecido en el artículo 21 de la Constitución Política y el Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Amparo, se rechaza, sin costas, el recurso de amparo constitucional deducido a favor de Mario Manzanelli Herrera en contra de la Comisión de Libertad Condicional. Regístrese, comuníquese y archívese. N°Amparo-2833-2022.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, doce de julio de dos mil veintidós. Al folio 6, a todo, téngase presente. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece Ricardo González Ciudad, abogado, defensor penal público penitenciario, por el condenado Mario Germán Manzanelli Herrera, actualmente interno en el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, ejerciendo acción constitucional de amparo en contra de la
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