SIN INFORMACION

ARCO VERA FERNANDO JAVIER/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

12 de julio de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto y teniendo presente: 1°) Que la abogada defensora penal pública penitenciaria, Karin Godoy Adasme, recurre de amparo en favor del condenado Fernando Javier Arco Vera, privado de libertad en el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, interponiendo acción constitucional de amparo contra la resolución de 14 abril del presente año, suscrita y firmada por la Comisión de Libertad Condicional, mediante la cual se decidió rechazar la postulación del amparado, sin ajustarse adecuadamente a la normativa vigente por lo que su privación de libertad se torna arbitraria e ilegal, y pide se revoque la resolución señalada y se ordene conceder la libertad condicional a su representado. Su representado se encuentra cumpliendo una pena de 5 años y un día de presidio mayor en su grado mínimo, por delito robo con violencia, sentencia dictada por el 4° Juzgado de Garantía de Santiago, en causa RIT 10214-2018 RUC 1801113566-4; y que de acuerdo a la información entregada por Gendarmería de Chile, registra como fecha de inicio de condena el día 12 de noviembre del 2018, estimándose como fecha de término el 13 de noviembre del 2023, cumpliéndose el tiempo de postulación a la libertad condicional el día 13 de marzo de 2022, registrando muy buena conducta en seis bimestres. Por resolución de abril del 2022, la Comisión de Libertad Condicional rechazó la petición del beneficio, argumentando la supuesta falta del cumplimiento de los requisitos legales para otorgarla. Decisión que un acto arbitrario e ilegal que afecta la libertad personal del amparado en contravención de lo dispuesto en la Constitución y las Leyes. El acto es ilegal pues no se ha dado respeto a la normativa vigente sobre Libertad Condicional ni a la Ley 19.880 de Bases de los Procedimientos Administrativos ya que el amparado presenta en los últimos siete bimestres conducta intachable (solo entre 2021 y 2022) y sin presencia de castigos. Y durante el cumplimiento de condena ha adherido a las actividades de reinserción

Fundamentos

fundamentos por los cuales la Comisión de Libertad Condicional optó por unanimidad rechazar la libertad condicional del amparado, tienen relación con que, si bien el condenado cumple con los requisitos formales de postulación, tiene alto compromiso delictual y diversos factores de riesgo de reincidencia, que demuestran escasas posibilidades de reinsertarse adecuadamente a la sociedad e impiden tener por probados avances en su proceso de reinserción social. 7°) Que, del análisis de los antecedentes tenidos a la vista, se puede concluir que la recurrida, actuando dentro del ámbito de sus atribuciones -conferidas por la nueva redacción del Decreto Ley N° 321, modificado por la Ley N° 21.124- denegó la concesión de libertad condicional solicitada por el recurrente, contando dicha decisión con la debida fundamentación, sin que en su ella se haya incurrido en un acto que pueda estimarse como arbitrario e ilegal. 8°) Que conforme a lo expuesto, la Comisión recurrida no ha excedido el ámbito de las facultades que importa formarse convicción sobre el pronóstico del comportamiento futuro del solicitante en el medio libre, la que en este caso no alcanzó; sin que pueda estimarse ilegal lo actuado por ella en tales condiciones. 9°) Que, de lo razonado se concluye que no puede atribuirse ilegalidad ni arbitrariedad alguna a la resolución aludida ni menos que esta vulnere la garantía de la libertad personal del amparado.

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales y reglamentarias citadas y en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, Auto Acordado sobre tramitación y fallo del Recurso de amparo, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de don Fernando Javier Arco Vera en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Amparo N° 2869-2022.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, doce de julio de dos mil veintidós. Al folio 6: téngase presente. Visto y teniendo presente: 1°) Que la abogada defensora penal pública penitenciaria, Karin Godoy Adasme, recurre de amparo en favor del condenado Fernando Javier Arco Vera, privado de libertad en el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, interponiendo acción constitucional de amparo contra la resol

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