SIN INFORMACION

CAMPOS/SERVICIO DE SALUD METROPOLITANO CENTRAL

Rol

Fecha

12 de julio de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto y teniendo presente: Primero: Que comparece debidamente representada la Asociación de Funcionarios Salud Atención Primaria del Servicio de Salud Metropolitano Central- Afusap Ssmc, con domicilio en calle Copiapó N° 1323, comuna de Santiago, quien interpone recurso de protección a favor de los afiliados de la mencionada Asociación que se desempeñan en el Centro de Salud Familiar N° 5, y en contra del citado Centro de Salud Familiar N° 5, perteneciente a la Dirección de Atención Primaria del Servicio de Salud Metropolitano, todos dependientes del Servicio de Salud Metropolitano Central, en razón del acto que estima arbitrario e ilegal consistente en no adoptar las medidas necesarias, teniendo la obligación legal y constitucional de hacerlo, para proteger la integridad física y psíquica de los afectados en su propio lugar de trabajo, por lo que pide se ordene a los recurridos: 1.- Cumplimiento total de la norma general administrativa N° 198 sobre agresiones al personal de atención de establecimientos de salud; 2.- Cumplimiento de protocolo clave morada Cesfam N° 5; 3.- Coordinar con Carabineros y seguridad ciudadana el establecimiento de rondas diarias con horario definido; 4.- Coordinar con Carabineros y seguridad ciudadana el establecimiento de protocolos para la erradicación de comercio informal y de estacionamientos en las calles de ingresos al Cesfam; 5.- Realizar coordinación con Carabineros para instalación de caseta de seguridad en Unión Latinoamericana y Salvador Sanfuentes; 6.- Solicitar a la Municipalidad de Santiago y a Carabineros que no exista comercio informal ni estacionamiento en cuatro cuadras a la redonda del consultorio; 7.- Realizar reuniones mensuales con los afectados para establecer el cumplimiento real de lo solicitado, o las demás medidas que esta Corte estime pertinentes para restablecer el imperio del derecho. Para fundar su recurso expone que el Centro de Salud Familiar N° 5, o CESFAM N° 5, es un consultorio de salud familiar, que se

Fundamentos

fundamentos y en virtud de lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se rechaza, sin costas, el recurso de protección interpuesto por la Asociación de Funcionarios Salud Atención Primaria del Servicio de Salud Metropolitano Central-Afusap SSMC, en contra del Servicio de Salud Metropolitano Central. Sin perjuicio de lo anterior, ofíciese a la Delegada Presidencial de la Región Metropolitana y a la Jefatura de Zona “Metropolitana” de Carabineros, remitiéndose copia del recurso y de la presente sentencia, para los efectos pertinentes. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Redacción del ministro Tomás Gray. N°Protección-35261-2021. Pronunciada por la Novena Sala, presidida por la ministra señora Graciela Gómez Quitral, e integrada, además, por la ministra señora Carolina Brengi Zunino y por el ministro señor Tomás Gray Gariazzo. En Santiago, doce de julio de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, doce de julio de dos mil veintidós. Visto y teniendo presente: Primero: Que comparece debidamente representada la Asociación de Funcionarios Salud Atención Primaria del Servicio de Salud Metropolitano Central- Afusap Ssmc, con domicilio en calle Copiapó N° 1323, comuna de Santiago, quien interpone recurso de protección a favor de los afiliados de la mencionada Asociació

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