JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE PORVENIR

MP C/ PATRICIA DEL CARMEN BARRIA MANCILLA

Rol

Fecha

12 de julio de 2022

Materia

ROBO EN LUGAR NO HABITADO. ART. 442.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que el artículo 25 de la Ley N° 18.216, en su numeral 1, establece expresamente que tratándose de un incumplimiento grave o reiterado de las condiciones impuestas y atendidas las circunstancias del caso, el tribunal deberá revocar la pena sustitutiva impuesta o reemplazarla por otra pena sustitutiva de mayor intensidad. SEGUNDO: Que, según se desprende de los antecedentes y como se ha mencionado en la vista del recurso, a la sentenciada con anterioridad, ya se le había intensificado el cumplimiento de la pena sustitutiva impuesta, pasando de remisión condicional a reclusión parcial nocturna domiciliaria, misma que no obstante el tiempo transcurrido y los continuos apercibimientos decretados, tampoco cumplió, razón bastante para considerar un incumplimiento grave, reiterado e injustificado, por la cual corresponde disponer, en forma consecuente, el cumplimiento efectivo de la respectiva pena privativa de libertad. Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 25 y 37 de la Ley N°18.216, SE CONFIRMA, la resolución apelada de fecha treinta de junio del año en curso, dictada por el Juzgado de Letras y Garantía de Porvenir. Comuníquese lo resuelto al Juzgado a quo. Rol N°129-2022.Penal.

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 25 y 37 de la Ley N°18.216, SE CONFIRMA, la resolución apelada de fecha treinta de junio del año en curso, dictada por el Juzgado de Letras y Garantía de Porvenir. Comuníquese lo resuelto al Juzgado a quo. Rol N°129-2022.Penal.

Texto Completo (Preview)

Punta Arenas, doce de julio de dos mil veintidós. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que el artículo 25 de la Ley N° 18.216, en su numeral 1, establece expresamente que tratándose de un incumplimiento grave o reiterado de las condiciones impuestas y atendidas las circunstancias del caso, el tribunal deberá revocar la pena sustitutiva impuesta o reemplazarla por otra pena sustitutiva de mayor in

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