SIN INFORMACION

LUIS YAN POOL GUERRERO ROJAS/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL (1° SEMESTRE 2022)

Rol

Fecha

11 de julio de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto y

Fundamentos

considerando: PRIMERO: Que comparece la abogada Defensora Penal Público Penitenciaria, CAMILA JERALDO CONTRERAS, en favor de LUIS YAN POOL GUERRERO ROJAS, e interpone acción constitucional de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional de esta Corte de Apelaciones de La Serena, por el acto que estima ilegal y arbitrario consistente en la dictación de la resolución Nº 155-2022 de fecha 11 de abril de 2022, la que negó el beneficio de la libertad condicional a su representado, lo que compromete las garantías de libertad personal y seguridad individual, consagradas en el numeral 7° del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Expresa que el amparado se encuentra cumpliendo una condena de 4 años y un día de presidio menor en su grado máximo, por un delito de robo con violencia, por sentencia dictada en causa RIT 5573-2018, del Juzgado de Garantía de La Serena. Que, de acuerdo a la información entregada por Gendarmería, el tiempo mínimo para optar al beneficio denegado se cumplió el 30 de marzo de 2021 (correspondiente a dos tercios del tiempo total de condena), habiendo observado una muy buena conducta durante los últimos cinco bimestres, y proyectándose el cumplimiento de la condena para el 30 de julio de 2022. Sin embargo, señala que la Comisión de Libertad Condicional decidió rechazar el beneficio, por estimar que no cumplía los requisitos, basándose para ello en que el condenado presenta factores de riesgo de reincidencia, que no permiten demostrar, a la época de postulación, una adecuada reinserción en la sociedad, al no presentar el condenado conciencia del mal causado; presentar un riesgo de reincidencia alto; todo ello basado en el informe psicosocial de postulación elaborado por Gendarmería de Chile. Luego, hace presente aspectos relevantes en relación al proceso de reinserción social, los que constan en informe social que acompaña, en cuanto a la participación en actividades de reinserción social, a las redes de apoyo y asistencia en el medio libre del amparado (puntualizando que mantiene contacto con su grupo familiar, conformado por su madre, su pareja e hijas, y su hermano), y respecto a la comisión del delito. En cuanto al derecho, afirma que el acto impugnado es ilegal, ya que infringe lo dispuesto en el Decreto Ley 321 sobre Libertad Condicional y el Decreto Supremo 338/2019 de septiembre 2020, que aprueba el Reglamento sobre Libertad Condicional. El acto impugnado, además, sería arbitrario, ya que el informe de postulación psicosocial no cumple con las exigencias contempladas en el artículo 2° N°3 del Decreto Ley 321, en cuanto a ser elaborado por un equipo profesional del área técnica de Gendarmería de Chile, o de los destinados al servicio de reinserción social en el caso de la administración concesionada, expresando en este punto que al ser el Complejo Penitenciario de la Serena un establecimiento concesionado, la elaboración del informe está entregada al área de reinserción de la respectiva empresa

Fallo

por tanto acto ilegal o arbitrario, no cabe a esta Corte más que rechazar el arbitrio deducido, como se dirá en lo resolutivo. Por los motivos expuestos, y teniendo presente lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Amparo, SE RECHAZA, sin costas, el recurso de amparo interpuesto por doña CAMILA JERALDO CONTRERAS, en favor de Luis Yan Pool Guerrero Rojas, en contra de la Comisión de Libertad Condicional. Comuníquese, regístrese y archívese, en su oportunidad. Rol N° 284-2022 (Amparo).

Texto Completo (Preview)

Guerrero Rojas, Luis Yan Pool Comisión de Libertad Condicional Recurso de Amparo Rol Nº284-2022.- La Serena, once de julio de dos mil veintidós. Visto y considerando: PRIMERO: Que comparece la abogada Defensora Penal Público Penitenciaria, CAMILA JERALDO CONTRERAS, en favor de LUIS YAN POOL GUERRERO ROJAS, e interpone acción constitucional de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional

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