SIN INFORMACION

/COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

11 de julio de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA/COMUNICAR

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, el 7 de julio del presente año comparece don Camilo Bahamondes Oses, Defensor Penal Público Penitenciario, cédula nacional de identidad Nº12.790.412-K, domiciliado para estos efectos en calle Max Jara 278, de la comuna de Linares, interponiendo Recurso de Amparo en favor de JOSÉ LUIS AGUILERA BAHAMONDES, cédula nacional de identidad N°15.478.062-9, actualmente privado de libertad en calidad de condenado en el C.C.P. de Linares y, en contra de la Comisión de Libertad Condicional, por la resolución de 19 de abril de 2022, que rechazó conceder la Libertad Condicional del amparado. Refiere que el señor Aguilera Bahamondes se encuentra cumpliendo condena de 4 años y un día de presidio menor en su grado máximo por el delito de Robo en lugar habitado o destinado a la habitación, la cual inició el 7 de abril de 2019, debiendo culminar el 8 de abril de 2023. Adiciona que el tiempo mínimo de postulación se cumplió el 8 de diciembre de 2021. Indica que cumpliendo con los requisitos fue postulado a la libertad condicional, sin embargo, la recurrida rechazó su solicitud fundado en que no cumplía con lo dispuesto en el artículo 2° número 3 del Decreto Ley N°321, transcribiendo la resolución recurrida que, en extracto, indica que “…el postulante desde agosto de 2020 se encuentra participando en el programa de reinserción social para personas privadas de libertad, con una primera valoración de riesgo de reincidencia alto, manteniendo el mismo riesgo que en su evaluación de proceso. Fue derivado a participar de los módulos de intervención especializada en factores de riesgos dinámicos, compuesto por nueve talleres de los cuales ha completado tres de ellos y el cuarto taller aún se encuentra en proceso, retrasado por cuarentena producto del brote Covid 19 al interior de la unidad penal, debiendo suspender toda intervención grupal. Por otra parte se espera que el interno se incorpore a alguna actividad del programa de deportes y recreación y

Fundamentos

considerandos anteriores, esta Corte de Apelaciones considera que la Comisión obró dentro de la esfera de sus atribuciones legales y en base a los antecedentes personales del amparado. Por su parte, la negativa a otorgarle la libertad condicional se ajusta a los parámetros legales y reglamentarios, de modo que no existe un acto ilegal, atribuible a la Comisión referida, que afecte de manera indebida el derecho a la libertad personal y la seguridad individual del amparado.

Fallo

Por estas consideraciones, visto además lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema, sobre tramitación y fallo del Recurso de Amparo, SE RECHAZA el recurso de amparo interpuesto por don Camilo Bahamondes Oses, en favor de JOSÉ LUIS AGUILERA BAHAMONDES, en contra de la Comisión de Libertad Condicional, por la resolución dictada el 19 de abril de 2022. Regístrese y archívese en su oportunidad. Comuníquese por la vía más expedita. Rol 219-2022/Amparo.

Texto Completo (Preview)

Talca, once de julio de dos mil veintidós. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, el 7 de julio del presente año comparece don Camilo Bahamondes Oses, Defensor Penal Público Penitenciario, cédula nacional de identidad Nº12.790.412-K, domiciliado para estos efectos en calle Max Jara 278, de la comuna de Linares, interponiendo Recurso de Amparo en favor de JOSÉ LUIS AGUILERA BAHAMONDES, cédula na

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