MP C/ RODRIGO OSVALDO GUERRA UBILLA
Rol
Fecha
11 de julio de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: El mérito de los antecedentes y lo expuesto por los intervinientes en la presente audiencia se desprende que, se encuentran acreditados los presupuestos materiales de las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal que se tuvo en consideración al momento de decretar la prisión preventiva del imputado. Además, en cuanto a la letra c) de dicho artículo, se estima que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, atendida la naturaleza del delito materia de la formalización, pena probable a imponer, el hecho de contar con antecedentes previos por idéntico delito, estar cumpliendo pena sustitutiva y sujeto a una medida cautelar al momento de cometer el ilícito. Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los 352 y siguientes del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de dos de julio de dos mil veintidós, dictada por el Juzgado de Garantía de Puente Alto en los autos RIT 4721-2022, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado Rodrigo Osvaldo Guerra Ubilla. Devuélvase, vía interconexión. N° 1887-2022-Penal.
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los 352 y siguientes del Código Procesal Penal, se confirma la resolución apelada de dos de julio de dos mil veintidós, dictada por el Juzgado de Garantía de Puente Alto en los autos RIT 4721-2022, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado Rodrigo Osvaldo Guerra Ubilla. Devuélvase, vía interconexión. N° 1887-2022-Penal.
Texto Completo (Preview)
San Miguel, once de julio de dos mil veintidós. Sala: Quinta-Zoom. Rol Corte: 1887-2022-PENAL Ruc: 2200639946-4 Rit: 4721-2022 JUZGADO DE GARANTIA DE PUENTE ALTO Ministro de fe: Camila Galle Aravena Ministerio Público: Magdalena Balart. Defensor: Juan Vallejos Parra Imputado: MP C/ RODRIGO OSVALDO GUERRA UBILLA Escritos proveídos en audiencia: folios 3, 4 y 5. San Miguel, once de julio de dos m
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