ANONIMIZADO
Rol
Fecha
11 de julio de 2022
Materia
ALIMENTOS
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley N° 19.968, se confirma, en lo apelado, la resolución de veintinueve de marzo de dos mil veintidós, dictada por el Juzgado de Familia de Los Andes. Acordada con el voto en contra de la Ministra Sra. Rosa Herminia Aguirre Carvajal, quien fue de opinión de revocar la resolución en alzada y fijar los alimentos provisorios en la suma de $100.000.-, teniendo presente que los documentos acompañados por el demandado son suficientes para acreditar su delicado estado de salud y su carencia de medios al no tener cotizaciones previsionales en el último...
Texto Completo (Preview)
Jbl C.A. de Valparaíso Valparaíso, once de julio de dos mil veintidós. VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley N° 19.968, se confirma, en lo apelado, la resolución de veintinueve de marzo de dos mil veintidós, dictada por el Juzgado de Familia de Los Andes. Acordada con el voto en contra de la Ministra Sra. Rosa Herminia Aguirre Carvaja
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