SIN INFORMACION

RIVAS / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

11 de julio de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto: A folio 1, comparece ZULEIKA RIVAS GUTIERREZ, venezolana, interponiendo acción de protección de garantías constitucionales en contra del SERVICIO NACIONAL DE MGRACIONES, por la omisión ilegal y arbitraria en el pronunciamiento sobre la solicitud de permanencia definitiva, realizada con fecha 07 de mayo de 2020, lo que estima conculca la garantía constitucional del artículo 19 N°2 de la Constitución Política de la República, por lo que solicita se ordene se pronuncie sobre la misma. Indica que la recurrente ingresó al país de manera legal el 06 de marzo de 2019, realizando el debido proceso para obtener una visa temporaria profesional y poder establecerme en el país, la cual fue otorgada de manera satisfactoria el día 28 de junio del mismo año, la que tenía un período de vencimiento de 1 año, por esto se vencía el 28 de junio del año 2020. El día 07 de mayo del año 2020 realizó la solicitud de permanencia definitiva mediante la página web que el recurrido tiene para estos efectos, ya que cumplía con todos los requisitos señalados. Así las cosas, el mismo día, llega un correo electrónico, en el que se informa que la solicitud de permanencia definitiva se encuentra en trámite, bajo el número de solicitud 3815112. El día 03 de septiembre del año 2021 obtuve el formulario 10 de la Tesorería General de la República, que pagó ese mismo día, por la suma de $86.890.-, correspondiente a los derechos por la permanencia definitiva. Esto permite presumir que mi permanencia definitiva fue acogida, pero aún no ha sido notificada de esta decisión, por lo que no ha tenido acceso a la resolución exenta que resuelve mi solicitud de permanencia definitiva, a pesar de haber pagados los derechos de ella. Señala que aun cuando ha cumplido con todos los requisitos, al no obtener la respuesta por la solicitud de residencia definitiva ha sufrido restricciones que la han afectado en muchos otros aspectos e inclusive han tenido un costo muy superior al regular, tales como: no ha podido

Fallo

Por estas consideraciones y lo establecido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, se rechaza, el recurso deducido por Zuleika Rivas Gutiérrez en contra del Servicio Nacional de Migraciones. Regístrese, comuníquese, notifíquese y archívese, en su oportunidad. N°Protección-100.337-2022 En Valparaíso, once de julio de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

edp C.A. de Valparaíso Valparaíso, once de julio de dos mil veintidós. Visto: A folio 1, comparece ZULEIKA RIVAS GUTIERREZ, venezolana, interponiendo acción de protección de garantías constitucionales en contra del SERVICIO NACIONAL DE MGRACIONES, por la omisión ilegal y arbitraria en el pronunciamiento sobre la solicitud de permanencia definitiva, realizada con fecha 07 de mayo de 2020, lo que e

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