1º JUZGADO DE LETRAS DE PUERTO VARAS

INMOBILIARIA PUERTO COLON LIMITADA / SOCIEDAD DE SERVICIOS EN CONSTRUCCIÓN E INMOB. MONTE VERDE SPA

Rol

Fecha

11 de julio de 2022

Materia

MEDIDA PREJUDICIAL PRECAUTORIA

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos: 1°) Se eleva la presente causa para conocer de la apelación de la parte demandada Sociedad de servicios en construcción e inmobiliaria Monte Verde Spa en contra de la resolución de fecha 22 de diciembre del 2021, dictada por el Juzgado de Letras de Puerto Varas, por la que se rechazó el incidente de abandono del procedimiento promovida por ésta, solicitando sea acogido el referido artículo. 2°) Que son hechos de la causa que con fecha 02 de septiembre del 2020, se dictó el auto de prueba según consta a folio 113 de la tramitación de la instancia, resolución que hasta la fecha de interposición de la incidencia de abandono del procedimiento no se había notificado a la parte demandada de esta causa. Luego, se aprecia una serie de actuaciones por la demandante que no tienen el mérito de constituirse como una gestión útil en la causa, toda vez dicen relación con la petición de diligencias probatorias cuando el auto de prueba no se encontraba notificado a todas las partes, lo cual se aprecia en presentaciones de folios 114, 115, 131, 133 y 139.  También se aprecia la presentación de peticiones al Tribunal respecto de trámites que no tenían relación con el estado procesal de la causa, tales como peticiones de citar a audiencia de conciliación o de dictarse el auto de prueba, en circunstancias que aquello ya había sido efectuado, tal como se aprecia en actuaciones de folios 123, 126 y 128. 3°) Que así las cosas, y recién con fecha 07 de enero del 2022, la demandante encargó y efectuó la notificación del auto de prueba de fecha 02 de septiembre del 2020 a la demandada, tal como consta en actuación de folio 152 de la tramitación de la instancia, lo cual es posterior a la fecha de presentación de la incidencia de abandono del procedimiento promovida por esta última parte con fecha 14 de octubre del 2021.  4°) En este sentido, y en forma diversa a lo sostenido por el Tribunal de la instancia, al no haberse notificado a las demandadas la interlocutoria de prueba, no ha c

Fallo

Fallo Corte Suprema Rol 82.398-2021).” Por estas consideraciones y atendido lo previsto en los artículos 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se declara que: Se revoca la resolución en alzada de fecha veintidós de diciembre de dos mil veintiuno, dictada por el Juzgado de Letras de Puerto Varas.  En consecuencia, se declara abandonado el procedimiento, sin costas.  Redacción a cargo de la Fiscal Judicial, doña Mirta Zurita Gajardo.  Regístrese y devuélvase.  ROL CIVIL N°367-2022.

Texto Completo (Preview)

Puerto Montt, once de julio dos mil veintidós. Vistos: 1°) Se eleva la presente causa para conocer de la apelación de la parte demandada Sociedad de servicios en construcción e inmobiliaria Monte Verde Spa en contra de la resolución de fecha 22 de diciembre del 2021, dictada por el Juzgado de Letras de Puerto Varas, por la que se rechazó el incidente de abandono del procedimiento promovida por ést

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