CHAVEZ SERGIO MANUEL/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL
Rol
Fecha
7 de julio de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1°) Comparece la abogada Fabiola Camila Romo Lagos, quien deduce recurso de amparo en favor de Sergio Manuel Chávez, de nacionalidad paraguaya, cédula nacional de identidad Nº 14.809.247-8, actualmente interno en el Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina I, en contra de la Comisión de Libertad Condicional, que rechazó el beneficio de libertad condicional de su representado. Explica que su defendido se encuentra cumpliendo las penas de 5 años y 1 día y 12 años, ambas por el delito de tráfico de sustancias ilícitas, seguidos ante el Sexto Juzgado de Garantía de Santiago y Séptimo Tribunal Oral en lo Penal de Santiago, respectivamente. Comenzó a cumplir la condena el 11 de febrero de 2011, proyectándose el término de la misma para el 13 de febrero de 2028, de forma tal que cumplió el tiempo mínimo para postular al beneficio el 09 de enero de 2022. Agrega que la conducta del interno referida a los últimos seis bimestres ha sido calificada como muy buena y que pese a cumplir con todos los requisitos para obtener el beneficio solicitado, éste le fue denegado ilegal y arbitrariamente. Manifiesta que la resolución recurrida, fue argumentada en base a los aspectos negativos del informe psicosocial elaborado por Gendarmería de Chile y omitió pronunciamiento sobre todos los antecedentes expuestos con relación al amparado de cuál ha sido su realidad durante su cumplimiento de pena, que son vitales a la luz de la aspiración contenida en el DL 321 que regula la libertad condicional. Refiere en cuanto al primer argumento de la recurrida en relación a que “… es un interno de mediano compromiso delictual, que arroja un riesgo medio de reincidencia, estableciéndose la presencia de un alto nivel de riesgo en áreas como: uso tiempo libre, pares y actitud/orientación procriminal”. Señala que se limita a exponer la parte diagnóstica de un instrumento de medición que tiene por objeto detectar necesidades, existe una reflexión que si bien requiere de desarr
Fundamentos
fundamentos que justifican la negativa de conceder al amparado el beneficio de la libertad condicional que reclama. En efecto, la evaluación da cuenta de un nivel de riesgo de reincidencia medio y presenta riesgo alto y necesidades de intervención en las áreas de uso tiempo libre, pares y actitud7orientación procriminal; lo que, impidió a la Comisión tener por probado que haya evidenciado avances en su proceso de reinserción, como lo exige el Decreto Ley N° 321. 6°) De lo consignado en el motivo anterior, a la luz del análisis de los antecedentes tenidos a la vista, puede concluirse que la recurrida, actuando en el ámbito de sus atribuciones, denegó la concesión de la libertad condicional impetrada por el condenado, contando dicha decisión con la debida fundamentación, la que se apoyó en los antecedentes proporcionados por Gendarmería de Chile y a la inteligencia que dentro de la esfera de las competencias que le son propias, lo que le permitió concluir que el amparado no era merecedor de esta prerrogativa. En concepto de esta Corte, la Comisión recurrida no ha excedido el ámbito de las facultades que importan formarse convicción sobre el buen pronóstico del comportamiento futuro del solicitante en el medio libre, la que en este caso no alcanzó, por las razones que señala, y por lo mismo, no puede estimarse que en la adopción de esta determinación haya incurrido en alguna ilegalidad o arbitrariedad.
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo establecido en el artículo 21 de la Constitución Política y el Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Amparo, se rechaza, sin costas, el recurso de amparo constitucional deducido a favor de Sergio Manuel Chávez. Regístrese, comuníquese y archívese. N°Amparo-2738-2022.
Texto Completo (Preview)
Santiago, siete de julio de dos mil veintidós. Al folio N° 6: téngase presente. Vistos y teniendo presente: 1°) Comparece la abogada Fabiola Camila Romo Lagos, quien deduce recurso de amparo en favor de Sergio Manuel Chávez, de nacionalidad paraguaya, cédula nacional de identidad Nº 14.809.247-8, actualmente interno en el Centro de Cumplimiento Penitenciario Colina I, en contra de la Comisión de L
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