SIN INFORMACION

AVILA TRONCOSO GEORGE LOUIS/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

7 de julio de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Carlos Vera Campos, quien deduce acción constitucional de amparo en favor de George Louis Ávila Troncoso, actualmente privado de libertad cumpliendo condena en el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago por el acto ilegal en que habría incurrido con motivo del rechazo de su postulación al beneficio de libertad condicional, lo que vulneraría el derecho que la Constitución Política de la República le reconoce y protege en el N° 7 del artículo 19. Expone que el amparado se encuentra cumpliendo una condena de doce años como autor del delito de robo con violencia. Registra como fecha de inicio el 12 de mayo de 2013, su término se estima para el 12 de mayo de 2025, y el tiempo mínimo para postular a la libertad condicional se cumplió el 12 de mayo de 2021. Sostiene que el acto recurrido es arbitrario, por su falta de razonabilidad, por cuanto el amparado ha demostrado avances efectivos en su proceso de reinserción social, y referidos en el informe elaborado por Gendarmería de Chile. Solicita se deje sin efecto la resolución que rechaza la libertad condicional del amparado y que ésta le sea concedida. Segundo: Que informa la Comisión de Libertad Condicional y expone que por unanimidad de sus miembros se resolvió no otorgarle el beneficio al amparado, teniendo en consideración lo siguiente: “Que el interno GEORGE LOUIS ÁVILA TRONCOSO, ha sido postulado al beneficio de libertad condicional por el Tribunal de Conducta del Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, en el proceso correspondiente al primer semestre del año en curso. Que al revisar los antecedentes del interno contenidos en la postulación remitida por Gendarmería de Chile, integrada por el “Formulario Consolidado de Postulación”, copia de la sentencia expedida en su contra, antecedentes pretéritos e “Informe de Postulación Psicosocial” con su correspondien

Fundamentos

fundamentos por los cuales la Comisión de Libertad Condicional optó por unanimidad rechazar la libertad condicional del amparado, dicen relación con que el interno que inició su comisión de delitos gatillado por la asociación a pares con contagio criminógeno y consumo de drogas, conforme ya fue reseñado en el considerando segundo, en especial, que se le concedió la salida controlada al medio libre recién en febrero de 2022, y que es necesario consolidar su rutina y competencias laborales. Sexto: Que el análisis de los antecedentes tenidos a la vista permite concluir que la Comisión recurrida, actuando dentro del ámbito de sus atribuciones conferidas por la nueva redacción del Decreto Ley N° 321 denegó la concesión de libertad condicional solicitada por el recurrente, contando dicha decisión con la debida fundamentación -que este tribunal comparte- sin que en su decisión se haya incurrido en un acto que pueda estimarse ilegal. Conforme a lo expuesto, la Comisión recurrida no ha excedido el ámbito de las facultades que importan formarse convicción sobre el pronóstico del comportamiento futuro del solicitante en el medio libre, la que en este caso no alcanzó, sin que, como se dijo, pueda estimarse ilegal lo actuado por ella. Séptimo: Que, en tales condiciones, no resulta posible dirigir un reproche de ilegalidad a la decisión adoptada por la Comisión de Libertad Condicional y ello, indudablemente, impide estimar configurado el supuesto que de acuerdo al citado artículo 21 de la Constitución Política permite conceder el amparo que se reclama. En razón de lo anterior, el recurso habrá de ser desestimado.

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales citadas y en los artículos 19 y 21 de la Constitución Política de la República, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de George Louis Ávila Troncoso, contra la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese, comuníquese y en su oportunidad archívese. N°Amparo-2804-2022.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, siete de julio de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece el abogado Carlos Vera Campos, quien deduce acción constitucional de amparo en favor de George Louis Ávila Troncoso, actualmente privado de libertad cumpliendo condena en el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, en contra de la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de A

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