SIN INFORMACION

LILLO CASTRO ALVARO JESUS/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL - GENDARMERÍA DE CHILE

Rol

Fecha

7 de julio de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece doña Catalina Zapata García, quien deduce acción constitucional de amparo en favor de Álvaro Jesús Lillo Castro, quien se encuentra cumpliendo condena en el Centro de Detención Preventiva Santiago 1, y en contra de la Comisión de Libertad Condicional por el rechazo a su postulación. Segundo: Que informando el Presidente de la Comisión de Libertad Condicional, señora Alejandro Aguilar Brevis, indica que, revisados los antecedentes disponibles, consta que el amparado no fue postulado por ninguna unidad penal al proceso de libertad condicional del primer semestre del año en curso. Tercero: Que, requerido por esta Corte, evacúa informe el abogado de la Oficina Jurídica de la Dirección Regional Metropolitana de Gendarmería de Chile, señor Claudio Chandía Ralph, quien explica que el amparado no fue postulado beneficio de libertad condicional, debido a que fue cambiada su calidad procesal de imputado a condenado, con fecha 17 de junio de 2022, y que no cumple con los requisitos exigidos de tiempo mínimo y conducta. Expone que el interno se encuentra condenado por el delito de robo con violencia, a la pena de 3 años y un día, y registra como fecha de inicio el 14 de enero de 2021, con 172 días de abonos, y su término se estima para el 27 de julio de 2023. En consecuencia, estimando que Gendarmería de Chile ha dado a sus obligaciones ilegales, solicita que se rechace la presente acción. Acompaña a su informe, copia de la Ficha Única de Condenado, en que se señala que la fecha de tiempo mínimo es el 27 de julio de 2022 y copia del Control de Conducta del amparado, en que se registra una falta y sanción con fecha 14 de marzo de 2022. Cuarto: Que de conformidad con lo dispuesto en el inciso primero del artículo 21 de la Constitución Política, todo individuo que se hallare arrestado, detenido o preso con infracción de lo dispuesto en la Constitución o en las leyes, podrá ocurrir por sí, o por cualquiera a su nombre, a la m

Fundamentos

considerando que se encuentra condenado por el delito de robo con violencia, y por lo tanto, el tiempo para postular corresponde a los dos tercios de la condena. Octavo: Que, en tales condiciones, no resulta posible dirigir un reproche de ilegalidad a la decisión adoptada Gendarmería de Chile y ello, indudablemente, impide estimar configurado el supuesto que de acuerdo al citado artículo 21 de la Constitución Política permite conceder el amparo que se reclama. En razón de lo anterior, el recurso habrá de ser desestimado.

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales citadas y en los artículos 19 y 21 de la Constitución Política de la República, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de Álvaro Jesús Lillo Castro, contra la Comisión de Libertad Condicional y Gendarmería de Chile. Regístrese, comuníquese y en su oportunidad archívese. N°Amparo-2768-2022.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, siete de julio de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece doña Catalina Zapata García, quien deduce acción constitucional de amparo en favor de Álvaro Jesús Lillo Castro, quien se encuentra cumpliendo condena en el Centro de Detención Preventiva Santiago 1, y en contra de la Comisión de Libertad Condicional por el rechazo a su postulación.

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