SIN INFORMACION

MARTÍNEZ / SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES

Rol

Fecha

7 de julio de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Visto: A folio 1, comparece Freddy Leonardo Martínez Chávez, venezolano, interponiendo acción de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión ilegal y arbitraria en el pronunciamiento sobre la solicitud de permanencia definitiva, lo que estima vulnera la garantía constitucional establecida en el artículo 19 N° 2 de la Constitución Política de la República. Indica que con fecha 12 de julio de 2019, solicitó ante la autoridad migratoria la permanencia definitiva, sin embargo desde el momento que inició el proceso han transcurrido casi tres años esperando obtener alguna respuesta, lo que no ha acontecido. Por lo expuesto, solicita se acoja la presente acción, ordenando a la recurrida resolver sin más trámite su solicitud de permanencia definitiva, con costas. A folio 7, informa el Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo de la acción. Indica que, con fecha 10 de diciembre de 2021, se dictó Resolución Exenta N° 21431243, en el que se aprueba avance en el estado de trámite de la solicitud de permanencia definitiva, señalando que se encuentra en Evaluación intermedia En virtud de lo anterior, el recurrente mantiene situación migratoria regular en el territorio nacional, pudiendo hacer ingreso y egreso del país sin limitaciones y transitar libremente por éste. A folio 8, se ordenó traer los autos en relación. 06-08-2021.ecurrente:a: 04-08-2021 como residente temporario,le. a la fecha,, para que remita copia de las cartolas bancarias dCON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO. Primero: Que, el asunto por el cual se solicita la adopción de medidas que restablezcan el imperio del derecho dice relación con la eventual omisión arbitraria o ilegal por parte de la recurrida, en el pronunciamiento sobre la solicitud de permanencia definitiva. Segundo: Que, por su parte, la recurrida solicitó el rechazo de este arbitrio, puesto que la solicitud de permanencia definitiva se encuentra actualmente en etapa de “evaluación intermedia”, manteni

Fallo

Por lo expuesto, solicita se acoja la presente acción, ordenando a la recurrida resolver sin más trámite su solicitud de permanencia definitiva, con costas. A folio 7, informa el Servicio Nacional de Migraciones, solicitando el rechazo de la acción. Indica que, con fecha 10 de diciembre de 2021, se dictó Resolución Exenta N° 21431243, en el que se aprueba avance en el estado de trámite de la solicitud de permanencia definitiva, señalando que se encuentra en Evaluación intermedia En virtud de lo anterior, el recurrente mantiene situación migratoria regular en el territorio nacional, pudiendo hacer ingreso y egreso del país sin limitaciones y transitar libremente por éste. A folio 8, se ordenó traer los autos en relación. 06-08-2021.ecurrente:a: 04-08-2021 como residente temporario,le. a la fecha,, para que remita copia de las cartolas bancarias dCON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO. Primero: Que, el asunto por el cual se solicita la adopción de medidas que restablezcan el imperio del derecho dice relación con la eventual omisión arbitraria o ilegal por parte de la recurrida, en el pronunciamiento sobre la solicitud de permanencia definitiva. Segundo: Que, por su parte, la recurrida solicitó el rechazo de este arbitrio, puesto que la solicitud de permanencia definitiva se encuentra actualmente en etapa de “evaluación intermedia”, manteniendo el actor su situación migratoria regular en el país de conformidad al artículo 157 del Reglamento de la Ley de Extranjería. Tercero: Qu

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C.A. de Valparaíso Valparaíso, siete de julio de dos mil veintidós. Visto: A folio 1, comparece Freddy Leonardo Martínez Chávez, venezolano, interponiendo acción de protección en contra del Servicio Nacional de Migraciones, por la omisión ilegal y arbitraria en el pronunciamiento sobre la solicitud de permanencia definitiva, lo que estima vulnera la garantía constitucional establecida en el artícu

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