SIN INFORMACION

/COMISION DE LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

6 de julio de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: A folio 1, comparece la abogada Pamela Riquelme Tapia, en representación de HÉCTOR ALEJANDRO MUÑOZ BELQUÉN, e interpone acción constitucional de amparo contra la resolución de la Comisión de Libertad Condicional, por estimar que ha incurrido en una conducta contraria a la Constitución y la Ley al denegar el beneficio postulado por el amparado, fundada en la no consideración de los requisitos objetivos previstos en la Ley. Indica que su representado se encuentra purgando condena única de 5 años y 1 día, por 2 delitos de robo con fuerza en lugar habitado, reproche impuesto por el Juzgado de Garantía de esta ciudad. Señala que, el amparado de acuerdo a la información entregada por Gendarmería, cumple con los requisitos de tiempo mínimo, 4 bimestres de muy buena conducta e informe psicosocial. En tal sentido, complementa que su defendido cuenta con todos los elementos sociales y psicológicos para reinsertarse adecuadamente en el medio libre. Por lo anterior, estima que la decisión impugnada carece de suficiente justificación y cita las normas pertinentes del DL N° 321 y de la Constitución Política de la República, pidiendo que se acoja el recurso y se ordene la concesión del beneficio de libertad condicional de forma inmediata. A folio 2, se tuvo por interpuesto el presente recurso de amparo.  A folios 6, Gendarmería de Chile acompañó los antecedentes estadísticos del amparado, contestes con lo expuesto por la recurrente. A folio 7, consta informe de la Comisión de Libertad Condicional, que indica, en lo pertinente, que el rechazo fue por unanimidad de votos en torno a la postulación efectuada por el amparado, toda vez que de los antecedentes acompañados por Gendarmería de Chile, se verificó por parte de los miembros de la Comisión, al tenor del contenido del citado informe, que éste era desfavorable; no advirtiéndose en consecuencia, que al momento de postular al beneficio, el requirente presente avances en el proceso de reinserción social. A folio 8, se a

Fundamentos

CONSIDERANDO PRIMERO: Que la presente acción de amparo se dirige contra la resolución de la comisión de libertad condicional que sesionó en esta jurisdicción el primer semestre del presente año, que denegó el beneficio solicitado por el amparado, estimando la recurrente que dicha forma de proceder es ilegal y arbitraria, pues se aparta del marco normativo previsto por el Decreto Ley 321. SEGUNDO: Que en concreto la recurrente alega que, pese a lo aseverado por la Comisión, no se advirtió por dicho organismo que el amparado cumpliría con todos los requisitos que la ley establece para conceder la libertad condicional a su respecto, particularmente por el hecho de mantener una conducta calificada como sobresaliente y antecedentes psicosociales que darían cuenta de una adecuada reinserción en el medio libre y apoyo de su grupo familiar, todo aquello debidamente plasmado en los informes respectivos. TERCERO: Que, evacuando informe la recurrida manifiesta que se rechazó por unanimidad de votos la postulación por estimar que si bien el postulante, contaba con un informe de postulación psicosocial elaborado en conformidad a lo exigido en el artículo 2° número 3) del Decreto Ley N°321, se verificó por parte de los miembros de la Comisión, al tenor del contenido del citado informe, que éste es desfavorable, por cuanto en él se aludía que el condenado Muñoz Belquén, presenta alto riesgo de reincidencia, orientación y actitud procriminal, tendencia a favor del delito, actitud desfavorable hacia las normas y convenciones sociales. Presenta características con potencial criminógeno en problemas de adherencia para cumplir la pena en libertad, deficiente resolución de conflictos y/o habilidades de autocontrol y deficiente manejo de la ira, niega y minimiza la responsabilidad en los hechos y consecuencias de los actos, se encuentra en estadio precontemplativo; no advirtiéndose

Fallo

por tanto avances en el proceso de reinserción social como lo dispone el artículo 1 del D.L. 321 en concordancia con el artículo 5 del mismo cuerpo normativo. CUARTO: De conformidad a lo anterior, y en lo que dice relación con los factores de riesgo de reincidencia y posibilidades de reinserción social, del informe de postulación se puntualizó con mediano compromiso delictual, con factores de riesgo, tales como: orientación y actitud procriminal, tendencia a favor del delito, actitud desfavorable hacia normas y convenciones sociales, manteniendo alto riesgo de reincidencia conforme instrumento IGI. En cuanto a sus avances en el proceso de reinserción social, refiere el informe que, considerando el estado de excepción constitucional, sus avances se basan en la nivelación de estudios, reforzamiento del área laboral y adecuada utilización del tiempo libre, manteniéndose pendiente de ser trabajada área psicosocial, destacando el documento que, el interno, se encuentra en estadio precontemplativo, pues niega y minimiza los hechos. En lo que se refiere a las expectativas del amparado, el informe indica que,  se pudo corroborar que no cuenta con apoyo social, laboral ni familiar. Concluye el documento destacando que, Muñoz Belquén, presenta alto riesgo de reincidencia que se han mantenido el tiempo, así como también su actitud y orientación prociminal, impidiéndole adherir valores prosociales, como aceptar su responsabilidad y logar un real cambio de conducta. QUINTO: Que, finalmen

Texto Completo (Preview)

Puerto Montt, seis de julio de dos mil veintidós. VISTOS: A folio 1, comparece la abogada Pamela Riquelme Tapia, en representación de HÉCTOR ALEJANDRO MUÑOZ BELQUÉN, e interpone acción constitucional de amparo contra la resolución de la Comisión de Libertad Condicional, por estimar que ha incurrido en una conducta contraria a la Constitución y la Ley al denegar el beneficio postulado por el ampar

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica