SIN INFORMACION

PACHECO SANCHEZ JAIME ANDRES/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL

Rol

Fecha

6 de julio de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Jonathan Galaz González, abogado, Defensor Público Penitenciario, quien interpone recurso de amparo en favor de Jaime Andrés Pacheco Sánchez, actualmente privado de libertad cumpliendo condena en el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, y en contra de la Comisión de Libertad Condicional correspondiente a la Corte de Apelaciones de Santiago, por haber rechazado ilegal y arbitrariamente su postulación al beneficio de la libertad condicional, en circunstancias que reuniría todos los requisitos del Decreto Ley N° 321, vulnerando su derecho que la Constitución Política de la República le reconoce y protege en el N° 7 del artículo 19. Funda el recurso indicando que el amparado se encuentra cumpliendo una pena de 6 años y un día de presidio mayor en su grado mínimo por el delito de tráfico ilícito de drogas contemplado en el artículo 3 de la ley N°20.000, registra como fecha de inicio de la condena el 8 de noviembre de 2017, de término de la misma el 8 de noviembre de 2023, y su tiempo de postulación a la libertad condicional se cumplió el 8 de noviembre de 2021. No obstante, refiere que debido a la calificación sobresaliente de su conducta, el amparado registra 6 meses de reducción de condena, y por lo tanto, su fecha de cumplimiento se adelanta para el 8 de mayo de 2023. Agrega que en los últimos seis bimestres presenta conducta calificada como muy buena. Manifiesta que el interno además de cumplir con los tiempos mínimos de postulación ha demostrado avances indiscutibles en su proceso de reinserción social, encontrándose eximido de colegio, toda vez que ingresa con su enseñanza media completa. Destaca que se encuentra realizando actividades de monitor de galería y monitor de biblioteca hace 1 año y medio aproximadamente, que ha realizado distintos proyectos de remodelación de baño, proyectos de pascua y ha participado en talleres de deporte de handball. Además, el interno es egresado satisfactoriamente de su pl

Fundamentos

fundamentos por los cuales la Comisión de Libertad Condicional optó por unanimidad rechazar la libertad condicional del amparado, dicen relación con que se trata de un interno de alto compromiso delictual atendido que posee un riesgo de reincidencia en rango alto, conforme ya fue reseñado en el considerando segundo, en especial, con inadecuada conciencia del delito y del daño causado. Sexto: Que el análisis de los antecedentes tenidos a la vista permite concluir que la Comisión recurrida, actuando dentro del ámbito de sus atribuciones conferidas por la nueva redacción del Decreto Ley N° 321 denegó la concesión de libertad condicional solicitada por el recurrente, contando dicha decisión con la debida fundamentación -que este tribunal comparte- sin que en su decisión se haya incurrido en un acto que pueda estimarse ilegal. Conforme a lo expuesto, la Comisión recurrida no ha excedido el ámbito de las facultades que importan formarse convicción sobre el pronóstico del comportamiento futuro del solicitante en el medio libre, la que en este caso no alcanzó, sin que, como se dijo, pueda estimarse ilegal lo actuado por ella. Séptimo: Que, en tales condiciones, no resulta posible dirigir un reproche de ilegalidad a la decisión adoptada por la Comisión de Libertad Condicional y ello, indudablemente, impide estimar configurado el supuesto que de acuerdo al citado artículo 21 de la Constitución Política permite conceder el amparo que se reclama. En razón de lo anterior, el recurso habrá de ser desestimado.

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas legales citadas y en los artículos 19 y 21 de la Constitución Política de la República, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de Jaime Andrés Pacheco Sánchez, contra la Comisión de Libertad Condicional de la Corte de Apelaciones de Santiago. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. N°Amparo-2665-2022.

Texto Completo (Preview)

CERTIFICO: Que, se anunció para alegar, escucha relación y alega por el recurso de amparo el abogado don Jonathan Galaz González. Santiago, 06 de julio de 2022. Carolina Morales Ramírez Relatora C.A. de Santiago Santiago, seis de julio de dos mil veintidós. Proveyendo al escrito folio 6, a todo, téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Jonathan Galaz González, abogad

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