JUAN HENRIQUEZ MARICH C/ GERARDO AURELIO DEL TRANSITO ARMIJO LEIVA Y OTROS
Rol
Fecha
6 de julio de 2022
Materia
FALSIFICACION O USO MALICIOSO DE DOCUMENTOS PRIVADOS ART. 197 Y 198.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: 1.- En estos autos RIT 2188-2015 del Juzgado de Garantía de Rengo, el abogado Hugo Zamorano Galán, dedujo recurso de apelación, para que se revoque la resolución de fecha 14 de junio de 2022, que declaró inadmisible las demandas civiles presentadas en contra de los acusados Pedro Leonardo Palma Espinoza y Sandra Doris Villanueva Valenzuela, por no haber sido querellante en la presente causa. Considera que la resolución es errónea, por cuanto la calidad de víctima de la demandante civil emana de lo expresado en el artículo 108 del Código Procesal Penal, y que la legitimación activa para deducir demanda civil emana de lo dispuesto en el artículo 109 del mismo Código, en cuanto expresa que: La víctima podrá intervenir en el procedimiento penal conforme a lo establecido en este Código, y tendrá, entre otros, los siguientes derechos: b) Presentar querella; c) Ejercer contra el imputado acciones tendientes a perseguir las responsabilidades civiles provenientes del hecho punible. 2.- Que para resolver la cuestión debatida resulta conveniente tener presente que el 16 de junio del año 2015, don Juan Cristobal Gabriel Henriquez Marich deduce querella en contra de Gerardo Armijo Leiva y en contra de todos aquellos que resulten responsables de los hechos que describe en su libelo punitivo. Posteriormente, con fecha 13 de diciembre de 2019, el abogado Hugo Zamorano Galán, por mandato judicial otorgado por escritura pública de fecha 5 de diciembre de 2019, asume patrocinio y poder en la presente causa criminal en representación de la víctima y querellante don Juan Cristóbal Gabriel Henríquez Marich. En virtud de lo anterior, en la oportunidad procesal correspondiente, el abogado Zamorano Galán deduce demanda civil en representación Juan Cristóbal Gabriel Henríquez Marich y Henar Residuos Ltda., en contra de los imputados, a fin que se le indemnicen los perjuicios sufridos con ocasión del delito perseguido. 3.- Que, conforme al mandato judicial acompañado a los antecede
Texto Completo (Preview)
Rancagua, seis de julio de dos mil veintidós. Vistos: 1.- En estos autos RIT 2188-2015 del Juzgado de Garantía de Rengo, el abogado Hugo Zamorano Galán, dedujo recurso de apelación, para que se revoque la resolución de fecha 14 de junio de 2022, que declaró inadmisible las demandas civiles presentadas en contra de los acusados Pedro Leonardo Palma Espinoza y Sandra Doris Villanueva Valenzuela, po
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