ZAMBRANO DE MARTÍNEZ ZENAIDA COROMOTO/MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Rol
Fecha
5 de julio de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece la abogada Judith Urzúa Arriaza, quien interpone recurso de amparo a favor Zenaida Coromoto Zambrano de Martínez, de nacionalidad venezolana pasaporte N°157621998, y en contra del Ministerio de Relaciones Exteriores, por el acto que estima arbitrario e ilegal consistente en el cierre del procedimiento de solicitud de Visa de Responsabilidad Democrática de la amparada, por lo que pide dejar sin efecto dicho acto administrativo y ordenar al Ministerio de Relaciones Exteriores regularizar la situación del amparado, admitir la solicitud de Visa de Responsabilidad Democrática, tramitarla y acogerla, disponiendo un acto administrativo terminal con estricto apego a derecho y aplicación de la normativa vigente a la fecha de la solicitud, ordenando a la recurrida citar a la amparada a fin de informar aprobación de la misma. Para fundar su recurso expone que, en abril de 2020, la amparada solicitó Visa De Responsabilidad Democrática ante el Consulado General de Caracas, la cual fue acogida a trámite bajo el N°832342, siendo asignada en ese mismo acto de comunicación por parte del consulado la cita para el día 18 de enero de 2021. Agrega que, el 11 de noviembre del año 2020, recibió un correo electrónico de carácter masivo, manifestándole el cierre de su procedimiento sin indicar razones de derecho específicas, sino simples razones espurias, en atención a la pandemia del covid-19, vulnerando los márgenes de la legalidad. Indica que se ha vulnerado la libertad personal de los amparados, toda vez que el Ministerio de Relaciones Exteriores, mediante el acto arbitrario e ilegal en que ordenó el cierre general del procedimiento de solicitud de visa de responsabilidad democrática y el rechazo de estas solicitudes, les niega la posibilidad de hacer ingreso al país a través de los mecanismos establecidos por la propia autoridad, a pesar de cumplir éstos con todos los requisitos para el otorgamiento de los visados y el posterior ing
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, se rechaza, sin costas, el recurso de amparo deducido en favor de Zenaida Coromoto Zambrano de Martínez. Regístrese, comuníquese y archívese, en su oportunidad. N°Amparo-2818-2022.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, cinco de julio de dos mil veintidós. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece la abogada Judith Urzúa Arriaza, quien interpone recurso de amparo a favor Zenaida Coromoto Zambrano de Martínez, de nacionalidad venezolana pasaporte N°157621998, y en contra del Ministerio de Relaciones Exteriores, por el acto que estima arbitrario e ilegal consistente en el cierre
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