ANSARI HINA CONTRA DEPARTAMENTO DE EXTRANJERÍA DEL MINISTERIO DE RELACIONES
Rol
Fecha
5 de julio de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO: Comparece Juan Pablo Guzmán Cifuentes, abogado, por Ansari Hina, ciudadana pakistaní, pasaporte número CW1718031, quien recurre de amparo en contra del Departamento de Extranjería del Ministerio de Relaciones Exteriores por el rechazo de su solicitud de visa. Manifiesta que el rechazo aludido se fundamentaría en la conveniencia o utilidad nacionales; precisa, que la afectada es esposa de Syed Taha Alí, paquistaní, y por ello la negativa de otorgamiento de su visa vulnera derechos y garantías constitucionales de ambos, y constituye una violación de acuerdos suscritos en diversos tratados internacionales, así, la amparada tiene derecho a reunirse con su esposo y continuar con su plan familiar. Sostiene que el Estado mediante el Ministerio de Relaciones Exteriores ha conculcado tal derecho, al rechazar la solicitud de visa de su defendida. Pide se deje sin efecto el ilegal y arbitrario rechazo referido, y en su lugar proveer lo que en derecho corresponde, esto es, aceptar la solicitud de visa rechazada. Informa Ricardo Ortiz Vidal, Ministro Consejero, Director General de Asuntos Consulares, Inmigración y de chilenos en el exterior (S); indica que la amparada ingresó solicitud de visa de residente temporario titular el 12 de noviembre de 2021, ante el Consulado General de Chile en Abu Dhabi, visa que permitía a los extranjeros obtener el permiso para radicarse en Chile por tener vínculos familiares, interés en el país o cuya residencia sea útil para Chile, ingresándose la solicitud el 22 de noviembre de 2021, mientras estaba vigente el D.L 1094 que junto a su Reglamento establecían para esta visa que se debía acreditar sus requisitos, específicamente, vínculo familiar, además, el artículo 15 letra a) del Reglamento de Extranjería señalaba que los extranjeros que deseen ingresar como residentes deberán verificar ante el Servicio Exterior “acompañar a su solicitud los documentos que acrediten… solvencia económica…” y el artículo 78 N° 1 del Reglamento Consular
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el artículo 21 de la Constitución Política establece que todo individuo que se hallare arrestado, detenido o preso con infracción de lo dispuesto en la Constitución o en las leyes, podrá ocurrir por sí, o por cualquiera a su nombre, a la magistratura que señale la ley, a fin de que ésta ordene se guarden las formalidades legales y adopte de inmediato las providencias que juzgue necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado. Agrega que el mismo recurso podrá ser deducido a favor de toda persona que ilegalmente sufra cualquiera otra privación, perturbación o amenaza en su derecho a la libertad personal y seguridad individual. SEGUNDO: Que de autos se colige un reclamo en contra de la Resolución Exenta N° 011/2021 de 26 de diciembre de 2021, suscrita por el Cónsul de Chile en Abu Dhabi, Emiratos Árabes Unidos, que rechazó la solicitud de visa presentada por Ansari Hina de 18 de noviembre de 2021, por la causal contenida en el inciso final del artículo 64 del DL. N° 1.094 de 1975, razones de conveniencia o utilidad nacionales. TERCERO: Que ponderados los antecedentes conforme las reglas de la sana crítica, no se desprende que la recurrida incurriera en alguna conducta que ilegal o arbitrariamente atente en contra de la libertad personal y seguridad individual de la amparada. En efecto, aparece que la Resolución aludida se ha dictado por la autoridad competente, dentro de la esfera de sus atribuciones y de manera fundada, debiendo considerarse, además, que conforme a la Ley N° 21.325, el Ministerio recurrido carece de facultades para otorgar nuevas visas, pues esa materia le corresponde en la actualidad al Servicio Nacional de Migraciones. CUARTO: Que de este modo, no se divisa actuación ilegal o arbitraria por parte de la autoridad recurrida que pueda ser enmendado mediante la adopción de medida alguna, de manera que al no concurrir el requisito basal de esta acción constitucional deducida, ella será rechazada.
Fallo
por tanto, acto ilegal alguno de su representada que prive, perturbe o amenace su derecho a la libertad personal y seguridad individual de la amparada. Añade que el Ministerio informante carece de facultades para otorgar nuevas visas, por la actual regulación normativa. Destaca que el derecho alegado por la recurrente no es indubitado, además, que el recurso de amparo no procede. Pide se tenga por presentado el informe requerido, y, no existiendo una conducta ilegal que amenace, prive o perturbe el legítimo ejercicio de derecho a la libertad personal o seguridad individual, se rechace el presente recurso de amparo. Se trajeron los autos en relación. CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el artículo 21 de la Constitución Política establece que todo individuo que se hallare arrestado, detenido o preso con infracción de lo dispuesto en la Constitución o en las leyes, podrá ocurrir por sí, o por cualquiera a su nombre, a la magistratura que señale la ley, a fin de que ésta ordene se guarden las formalidades legales y adopte de inmediato las providencias que juzgue necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado. Agrega que el mismo recurso podrá ser deducido a favor de toda persona que ilegalmente sufra cualquiera otra privación, perturbación o amenaza en su derecho a la libertad personal y seguridad individual. SEGUNDO: Que de autos se colige un reclamo en contra de la Resolución Exenta N° 011/2021 de 26 de diciembre
Texto Completo (Preview)
Iquique, cinco de julio de dos mil veintidós. VISTO: Comparece Juan Pablo Guzmán Cifuentes, abogado, por Ansari Hina, ciudadana pakistaní, pasaporte número CW1718031, quien recurre de amparo en contra del Departamento de Extranjería del Ministerio de Relaciones Exteriores por el rechazo de su solicitud de visa. Manifiesta que el rechazo aludido se fundamentaría en la conveniencia o utilidad naci
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica