SIN INFORMACION

REUTEMANN/LATAM AIRLINES GROUP S.A.

Rol

Fecha

6 de julio de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos: Al escrito folio 1: A lo principal: Quedando en evidencia conforme a los argumentos sostenidos en el libelo protección de folio 1, que la materia sometida a la decisión jurisdiccional dice relación con un conflicto que deriva de un eventual incumplimiento contractual derivado de un contrato de venta de pasajes aéreos, cuestión que incluso se hace palpable al solicitar en el petitorio de su presentación dejar vigente la venta de pasajes áreas que arbitraria e ilegalmente habría sido anulada por el proveedor del servicio aéreo, la acción constitucional de protección no resulta ser la vía idónea para obtener dicho resultado. En efecto, la solución del conflicto expuesto por la recurrente está especialmente regulado a través del ejercicio de las acciones establecidas en la ley 19.496 y que la recurrente no demuestra hayan sido agotadas. Por lo anterior y teniendo en consideración la naturaleza no declarativa de la acción de tutela constitucional consagrada en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y que, como se dijo, las pretensiones de la recurrente pueden ser obtenidas por las vías legales específicas pertinentes, el recurso de marras no puede ser objeto de tramitación.   Y visto, además, lo dispuesto en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, SE DECLARA INADMISIBLE el deducido en lo principal de folio 1, por doña MARIANA REUTEMANN, en contra de la empresa LATAM AIRLINES GROUP S.A., RUT Nº 89.862.200-2, representada legalmente por su Presidente Sr. Ignacio Javier Cueto Plaza. Al primer otrosí: Estese a lo resuelto. Al segundo otrosí: Por acompañados sin formalidad alguna. Al tercer otrosí: Téngase presente. Al cuarto otrosí: Téngase presente respecto de todas las notificaciones que no deban realizarse por el estado diario. Regístrese. Rol N° Protección-29432-2022 (pvb).

Fallo

Fallo del Recurso de Protección, SE DECLARA INADMISIBLE el deducido en lo principal de folio 1, por doña MARIANA REUTEMANN, en contra de la empresa LATAM AIRLINES GROUP S.A., RUT Nº 89.862.200-2, representada legalmente por su Presidente Sr. Ignacio Javier Cueto Plaza. Al primer otrosí: Estese a lo resuelto. Al segundo otrosí: Por acompañados sin formalidad alguna. Al tercer otrosí: Téngase presente. Al cuarto otrosí: Téngase presente respecto de todas las notificaciones que no deban realizarse por el estado diario. Regístrese. Rol N° Protección-29432-2022 (pvb).

Texto Completo (Preview)

C.A. de Temuco Temuco, seis de julio de dos mil veintidós. Vistos: Al escrito folio 1: A lo principal: Quedando en evidencia conforme a los argumentos sostenidos en el libelo protección de folio 1, que la materia sometida a la decisión jurisdiccional dice relación con un conflicto que deriva de un eventual incumplimiento contractual derivado de un contrato de venta de pasajes aéreos, cuestión que

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