GALLARDO MANCILLA CRISTIE YOHANN/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL
Rol
Fecha
1 de julio de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Primero: Que, comparece Fabián Lobos Moreno, defensor penal público, quien interpone recurso de amparo a favor de Cristie Yohann Gallardo Mancilla, RUN N° 12.343.338-6, interno del Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, y en contra de la resolución pronunciada por la Comisión de Libertad Condicional, de fecha 14 de abril de 2022, correspondiente a esta Corte, con el objeto que se deje sin efecto la resolución citada y se decrete conceder la Libertad Condicional al amparado. Para fundar su recurso expone que el amparado se encuentra cumpliendo una condena de 5 años y un día, por el delito de abuso sexual agravado impropio, encontrándose privado de libertad desde el día 19 de julio de 2018, concluyendo su condena el 20 de julio del año 2023, y con rebaja de condena cumple el 20 de diciembre del año 2022, y cuenta con tiempo mínimo para postular a la libertad condicional el 20 de noviembre de 2021, indicando que el interno cuenta además con muy buena conducta y ha cumplido con el tiempo mínimo para la concesión del beneficio, el cual fue rechazado por la Comisión recurrida. Refiere que la decisión de la recurrida es ilegal pues no se ha dado respeto a la normativa vigente sobre Libertad Condicional ni a la Ley N°19.880 de Bases de los Procedimientos Administrativos, añadiendo que la Comisión en su resolución no se refiere a las actividades de reinserción y al comportamiento del interno, indicando finalmente que el amparado tenga factores negativos en el informe psicosocial que concluyan la falta de aspectos para su reinserción, no necesariamente se puede concluir que es desaconsejable otorgarle el beneficio, ya que este proceso debe realizarse en libertad, y que los aspectos negativos del informe no tienen como finalidad aceptar o rechazar al postulante, y por lo contrario, el fin es entregar información para realizar un plan de intervención acorde a sus necesidades y estado de avance, debiendo además considerarse que se practicó una p
Fundamentos
fundamentos que justifican la negativa de conceder al amparado el beneficio de la libertad condicional que reclama. En efecto, la evaluación da cuenta de un nivel de riesgo muy bajo, pero identificando insuficiente conciencia del delito y del daño causado, encontrándose en un estado de motivación al cambio correspondiente a la pre contemplación; lo que, impidió a la Comisión tener por probado que haya evidenciado avances en su proceso de reinserción, como lo exige el Decreto Ley N° 321. Sexto: Que, de lo consignado en el motivo anterior, a la luz del análisis de los antecedentes tenidos a la vista, puede concluirse que la recurrida, actuando en el ámbito de sus atribuciones, denegó la concesión de la libertad condicional impetrada por el condenado, contando dicha decisión con la debida fundamentación, la que se apoyó en los antecedentes proporcionados por Gendarmería de Chile y a la inteligencia que dentro de la esfera de las competencias que le son propias, lo que le permitió concluir que el amparado no era merecedor de esta prerrogativa. En concepto de esta Corte, la Comisión recurrida no ha excedido el ámbito de las facultades que importan formarse convicción sobre el buen pronóstico del comportamiento futuro del solicitante en el medio libre, la que en este caso no alcanzó, por las razones que señala, y por lo mismo, no puede estimarse que en la adopción de esta determinación haya incurrido en alguna ilegalidad o arbitrariedad.
Fallo
Por estas consideraciones, y visto además lo dispuesto en los artículos 19 y 21, ambos de la Constitución Política de la República, se rechaza el recurso de amparo deducido en favor de Cristie Yohann Gallardo Mancilla, y en contra de la Comisión de Libertad Condicional. Regístrese y archívese si no se apelare. N°Amparo-2546-2022.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, uno de julio de dos mil veintidós. Al folio N° 6: téngase presente. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: Primero: Que, comparece Fabián Lobos Moreno, defensor penal público, quien interpone recurso de amparo a favor de Cristie Yohann Gallardo Mancilla, RUN N° 12.343.338-6, interno del Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, y en contra de la resolución pronunciada por la Com
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