SIN INFORMACION

ZEPEDA/C.C.A.F LOS HEROES

Rol

Fecha

1 de julio de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

VISTOS: La comparecencia Juan Carlos Zepeda Leiva, cédula nacional de identidad N°11.819.623-6, domiciliado en General Manuel Baquedano N°50, oficina 804, Antofagasta, dedujo recurso de protección en contra de C.C.A.F LOS HEROES, RUT 70.016.330-K, del giro de su denominación, representada por su gerente general don ALEJANDRO PATRICIO MUÑOZ ROJAS, Ingeniero Comercial, cédula de identidad N° 12.423.769-6, ambos domiciliados en Avenida Holanda Nº 64 Comuna de Providencia, ciudad de Santiago, solicitando que se ordene que la recurrida cese de inmediato los descuentos remuneracionales y todo descuento futuro durante la secuela del proceso; con costas. Informó la recurrida, allanándose al recurso. Puesta la causa en estado, se han traído los autos para dictar sentencia. CON LO RELACIONADO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el recurso se funda en la existencia de un actuar ilegal y arbitrario de la recurrida, consistente en efectuar descuentos en sus remuneraciones de febrero, marzo y abril de 2022. En el mes de abril de 2022, al recibir su liquidación de sueldo, advierte un descuento por la suma de $172.847.- por concepto “Caja Los Héroes”, y revisando sus liquidaciones anteriores, observa que se le había realizado el mismo descuento en los meses de febrero y marzo, por el mismo monto. Alega que la deuda respecto de la cual la recurrida pretende cobrarse, emana de un pagaré cuya acción para el cobro se encuentra judicializada, respecto del cual, además se está discutiendo su prescripción. En este sentido, la recurrida inició juicio ejecutivo en su contra que actualmente se tramita ante el 25 Juzgado Civil de Santiago, ROL C-31359-2017, solicitando se despache mandamiento de ejecución y embargo en contra del recurrente, y con fecha 02 de Agosto de 2021, se dio por expresamente notificado y requerido de pago de demanda ejecutiva, así como también, opuso la excepción contenida en el numeral 17° del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil “prescripción de la deuda o sólo de la acción ejecutiva”. El acto de autotutela efectuado por Caja de Compensación Los Héroes, se trata de un descuento ilegal y arbitrario de sus remuneraciones, sin dar noticias o informaciones previas a la determinación del descuento o explicar el por qué, ni el cómo se llegó a ese monto ordenado a descontar, lo que corresponde a una vulneración flagrante a la garantía constitucional consagrada en el artículo 19 N° 24 de nuestra Constitución Política de la República. La recurrida al momento de interponer la demanda ejecutiva, manifestó su voluntad expresa e inequívoca de ejercer la cláusula de aceleración, produciendo el vencimiento anticipado de todas las cuotas pendientes, cobrando el acreedor recurrido la totalidad de la deuda como de plazo vencido en sede civil y que, producto de su inactividad, el recurrente opuso abandono de procedimiento. Por lo anterior, resulta arbitrario que habiendo ejercido la cláusula de aceleración, Caja Los Héroes ordene la retención de montos similares al de una cuota a su conveniencia y mediante un mecanismo paralelo a la vía judicial que ellos mismos ejercieron y promovieron mediante el cobro ejecutivo. En el caso de autos, la recurrida, una Caja de Compensación, ha decidido usar la vía jurisdiccional para cobrar la deuda, y en este caso, estando la demanda notificada, pretendiendo burlar el derecho, usando ilegal y/o arbitrariamente la facultad que le otorga la ley 18.833, la que sólo se contempla para un uso oportuno, lo que además no procede en la especie por el tiempo de inactividad. Solicita se ordene a la recurrida cesar todo tipo de retención o descuento en las remuneraciones del recurrente, y la restitución de los descuentos efectuados y los que puedan efectuarse durante la tramitación de esta acción, con costas. SEGU

Fallo

Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, SE ACOGE, CON COSTAS, el recurso de Protección interpuesto por Juan Carlos Zepeda Leiva en contra de Caja de Compensación de Asignación Familiar Los Héroes, y en consecuencia se ordena a la recurrida abstenerse en lo sucesivo de efectuar o informar descuentos en las remuneraciones del recurrente, y la restitución del dinero descontado, debidamente reajustados, dentro de décimo día de ejecutoriada esta sentencia. Regístrese y comuníquese. ROL 7204 – 2022 (PROTECCIÓN)

Texto Completo (Preview)

Antofagasta, a uno julio de dos mil veintidós. VISTOS: La comparecencia Juan Carlos Zepeda Leiva, cédula nacional de identidad N°11.819.623-6, domiciliado en General Manuel Baquedano N°50, oficina 804, Antofagasta, dedujo recurso de protección en contra de C.C.A.F LOS HEROES, RUT 70.016.330-K, del giro de su denominación, representada por su gerente general don ALEJANDRO PATRICIO MUÑOZ ROJAS, Ing

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