FUENTES / JUZGADO DE COBRANZA LABORAL Y PREVISIONAL DE VALPARAÍSO
Rol
Fecha
1 de julio de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos: Primero: Que, en la especie, tal como lo ha afirmado el recurrente y confirmado la Jueza informante, el recurso de apelación declarado inadmisible fue interpuesto en contra de aquella resolución que acogió una objeción a la liquidación promovida por la ejecutada, ordenando practicar una nueva. Segundo: Que atendida la naturaleza de la resolución objetada no está dentro de las indicadas en las disposiciones especiales del Código Laboral, hay que ir a las normas supletorias del Código de Procedimiento Civil; conforme lo dispone el artículo 473 del Código del Trabajo, se hacen aplicables las reglas del título I y II del libro tercero del Código de Procedimiento Civil, y en dicho mérito el recurso de apelación resulta procedente por mención expresa del artículo 187 de dicho cuerpo normativo, el cual señala que procede el recurso de apelación en contra de aquellas resoluciones que resolviendo un incidente, establecen derechos permanentes para las partes, como es el caso en análisis. Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo del 203 del Código de Procedimiento Civil, se acoge, el recurso de hecho deducido en estos autos y, en consecuencia, se concede la apelación impetrada por la parte ejecutante en contra de la resolución dictada con fecha diecinueve de junio de dos mil veintiuno, en el solo efecto devolutivo. Comuníquese lo resuelto al Tribunal de origen, a fin de que remita vía interconexión las piezas pertinentes del proceso, generándose con ello un nuevo rol de ingreso Corte. N° Laboral - Cobranza-368-2021.
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo del 203 del Código de Procedimiento Civil, se acoge, el recurso de hecho deducido en estos autos y, en consecuencia, se concede la apelación impetrada por la parte ejecutante en contra de la resolución dictada con fecha diecinueve de junio de dos mil veintiuno, en el solo efecto devolutivo. Comuníquese lo resuelto al Tribunal de origen, a fin de que remita vía interconexión las piezas pertinentes del proceso, generándose con ello un nuevo rol de ingreso Corte. N° Laboral - Cobranza-368-2021.
Texto Completo (Preview)
I.C.A. de Valparaíso Valparaíso, uno de julio de dos mil veintidós. Vistos: Primero: Que, en la especie, tal como lo ha afirmado el recurrente y confirmado la Jueza informante, el recurso de apelación declarado inadmisible fue interpuesto en contra de aquella resolución que acogió una objeción a la liquidación promovida por la ejecutada, ordenando practicar una nueva. Segundo: Que atendida la natu
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