JUZGADO DE GARANTIA DE COQUIMBO

C/ NEFI HANAIN IBARRA ARANCIBIA. DTE. MP

Rol

Fecha

1 de julio de 2022

Materia

ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION. ART. 440.

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes y lo expuesto por los intervinientes en la audiencia, estos sentenciadores concluyen que, en esta etapa del procedimiento, se encuentra justificada tanto la existencia del delito formalizado, como la participación que le ha correspondido en él al imputado, y, asimismo, que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, teniendo para ello especialmente presente la gravedad de la pena asignada al delito, y el hecho de encontrarse con orden de detención judicial pendiente, por lo que se encuentra acreditado que se cumple con los requisitos de las letras a), b) y c) del artículo 140 del Código Procesal Penal, cuestiones todas que llevan a afirmar que, en este caso, la necesidad de cautela no se satisface con otras medidas cautelares de menor intensidad, y atendido lo dispuesto en los artículos en los artículos 140, 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución dictada en audiencia del veintitrés de junio de dos mil veintidós, por la Jueza de Garantía de Coquimbo, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva, respecto del imputado NEFI HANAIN IBARRA ARANCIBIA, por estimar que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad. Con lo actuado, se pone término a la audiencia, firmando el Tribunal, actuando como ministro de fe el relator don Juan Pablo Torrijo Rojas. Devuélvase vía interconexión. Rol N° 782-2022 Penal.- La Serena, uno de julio de dos mil veintidós, notifiqué por el estado diario la resolución que antecede.

Texto Completo (Preview)

La Serena, uno de julio de dos mil veintidós Siendo las 10:23 horas, ante la Segunda Sala de esta Corte de Apelaciones presidida por la Ministra titular señora Marta Maldonado Navarro, e integrada por el Ministro titular señor Iván Corona Albornoz y la abogada integrante señora Carolina Salas Salazar, se lleva a efecto la audiencia para la vista del recurso de apelación interpuesto por la defensa,

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