ALLENDES AVENDAÑO MARCELO ALFREDO/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL
Rol
Fecha
1 de julio de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y
Fundamentos
considerando: PRIMERO: Que comparece Jonathan Galaz González, defensor público penitenciario, por el condenado Marcelo Allendes Avendaño, actualmente interno en el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur e interpone acción de amparo en contra de la resolución de 14 de abril del presente de la Comisión de Libertad Condicional mediante la cual decidió rechazar la postulación del amparado, sin ajustarse a la normativa vigente por lo que su privación de libertad se torna arbitraria e ilegal, solicitando se revoque la resolución señalada y se ordene conceder la libertad condicional a su representado. Señala que el amparado se encuentra cumpliendo condena de 4 años y 1 día de presidio menor en su grado máximo, como autor del delito de robo en lugar habitado, en causa RUC 1900186110-K, del 11º Juzgado de Garantía de Santiago, sentencia dictada con fecha 03 de septiembre de 2019. Que registra como fecha de inicio de condena el día 19 de febrero de 2019, estimándose como fecha de término el 20 de febrero de 2023, cumpliendo el tiempo mínimo para postular a la libertad condicional el 20 de octubre de 2021, registrando 6 bimestres de muy buena conducta desde el bimestre mayo junio de 2021. Que el interno además de cumplir con los tiempos mínimos de postulación, ha demostrado avances indiscutibles en su proceso de reinserción social, encontrándose participando actualmente en taller de cuero y madera durante aproximadamente 3 años a la fecha y ha terminado su 3er y 4to nivel de enseñanza media en el CPP Colina I, participando actualmente también en la iglesia de la Calle 4 en que actualmente se encuentra. Sostiene que la resolución de la Comisión de Libertad Condicional de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago es ilegal y arbitraria, ya que, en primer lugar, desconoce los avances concretos de mi representado que le permiten probar que efectivamente cumple con los requisitos para que se le conceda la libertad condicional; en segundo lugar, la fundamentación de la resolución resulta arbitraria al citar solamente los fragmentos negativos del informe; y por último, resulta contrario a la finalidad de la libertad condicional, la ausencia de una justificación en concreto, de la falta de idoneidad en las herramientas que establece el nuevo Reglamento del Decreto Ley 321 para la reinserción en el medio libre de su representado que fundamente que este siga privado de libertad. Que, igualmente, invoca informe psicosocial, elaborado por Pía Carrasco Díaz, perito psicóloga de la defensoría penal pública. Conforme lo expuesto, pide se acoja el recurso en todas sus partes, ordenando, como medida para restablecer el imperio del derecho dejar sin efecto la resolución que rechaza la libertad condicional al amparado, decretando que se le conceda dicha libertad. SEGUNDO: Que informando el presidente de la Comisión recurrida, el ministro Alejandro Aguilar, expuso que por resolución de 14 de abril del presente se resolvió rechazar por unanimidad la postulació
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo establecido en el artículo 21 de la Constitución Política y el Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Amparo, se rechaza, sin costas, el recurso de amparo constitucional deducido a favor de Marcelo Allendes Avendaño en contra de la Comisión de Libertad Condicional. Regístrese, comuníquese y archívese. N°Amparo-2536-2022. Pronunciada por la Tercera Sala, integrada por los Ministros señora Dobra Lusic Nadal, señor Alejandro Rivera Muñoz y el Ministro (S) señora Maria Soledad Jorquera Binner. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, uno de julio de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, uno de julio de dos mil veintidós. Proveyendo el escrito folio 6: a todo, téngase presente. Vistos y considerando: PRIMERO: Que comparece Jonathan Galaz González, defensor público penitenciario, por el condenado Marcelo Allendes Avendaño, actualmente interno en el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur e interpone acción de amparo en contra de la resolución de 14
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