MINISTERIO PÚBLICO C/ RICARDO JORGE VIELMA GARRIDO
Rol
Fecha
1 de julio de 2022
Materia
ROBO EN LUGAR HABITADO O DESTINADO A LA HABITACION. ART. 440.
Resultado
REVOCADA
Hechos
Visto y oído: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en estrados, los hechos atribuidos al imputado, circunstancias de comisión y
Fundamentos
considerando que otras medidas cautelares de menor intensidad del artículo 155 del Código Procesal Penal, son suficientes para asegurar los fines del procedimiento, y de conformidad con lo prevenido en el artículo 149 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución de veintidós de junio de dos mil veintidós, dictada por el Juzgado de Garantía de Quilpué, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva de RICARDO JORGE VIELMA GARRIDO y, en su lugar se decreta la medida cautelar contemplada en el artículo 155 letras a), c) y d) del Código Procesal Penal, consistente en el arresto domiciliario nocturno del imputado, arraigo regional y firma quincenal ante el Ministerio Público. Dese orden de libertad, si no estuviere privado de ella por otro motivo. Notifíquese, comuníquese por la vía más expedita y devuélvase. N° Penal-1471-2022.
Texto Completo (Preview)
Llg C.A.Valparaíso. ACTA DE AUDIENCIA En Valparaíso, a uno de julio de dos mil veintidós, se da inicio a esta audiencia a las 10:11 horas, ante la Quinta Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Valparaíso, modalidad Videoconferencia, siendo presidida por el Ministro don Mario René Gómez Montoya e integrada por el Ministro don Jaime Patricio Alejandro Arancibia Pinto y el Ministro don Alejandro
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