JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE PUERTO MONTT

PAREDES/LATITUD SUR SPA

Rol

Fecha

30 de junio de 2022

Materia

REMUNERACIONES

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: En autos RIT O-15-2021 del Juzgado de Letras del Trabajo de Puerto Montt, en procedimiento de aplicación general, Rol de Ingreso de Corte Laboral-Cobranza Nº411-2021, comparece el abogado don Jonattan Olivares Vergara, en representación de los demandantes 1) don Waldemar Alfredo Alvarado Gallardo, 2) don Sergio Sebastián Almonacid Marín, 3) don Hernán Alexis Vidal Gallardo; 4) don Matías Alberto Manqui Martínez, 5) don Cristian Alejandro Cárcamo Huanel, 6) don Francisco Javier Torres Mansilla; 7) don Óscar Rodrigo Aravena Navarrete y 8) don Marco Antonio Paredes Santo, quien interpone recurso de nulidad en contra de la sentencia definitiva pronunciada con fecha 16 de septiembre de 2021, la cual rechazó la demanda de nulidad del despido, de despido carente de causal legal y de cobro de prestaciones, en contra de Latitud Sur SpA y, de forma solidaria o subsidiaria, en contra de Inmobiliaria Power Center Ltda. Como antecedentes, expone que sus representados comenzaron a prestar funciones, bajo subordinación y dependencia de la demandada principal Latitud Sur SpA, desde enero de 2020, en distintas funciones para la ejecución de obra del Centro Comercial “Mall Paseo Alerce” del grupo Pasmar, en la ciudad de Puerto Montt por encargo de la demandada solidaria Inmobiliaria Power Center Ltda. Señala que durante mayo de 2020 su empleador les informó, sin motivo alguno, que no requería más los servicios de sus representados, adeudándose las cotizaciones previsionales, el mes de aviso y las remuneraciones correspondientes a mayo de 2020. Además, el empleador no suscribió ni otorgó ninguna formalidad para efectos de proceder al despido o desvinculación. Funda su recurso en dos causales, las que invoca una en subsidio de la otra. Como causal principal de nulidad arguye aquélla prevista en el artículo 477 del Código del Trabajo, esto es, infracción de ley en el pronunciamiento de la sentencia con influencia substancial en lo dispositivo del fallo. Lo anterior, en relaci

Fundamentos

considerando undécimo no se valoró la prueba ofrecida por las partes, no apreciando -conforme a las normas de la sana crítica- los presupuestos fácticos sustentados en las demás probanzas rendidas en la causa. Sostiene que la ausencia de valoración de la prueba atenta contra el derecho que, por Ley, le asiste a sus representados a ser oídos y juzgados conforme a las normas de la sana crítica, obteniendo un

Fallo

fallo que sustancialmente es contrario a Derecho. Pide se anule el fallo impugnado, dictando la correspondiente sentencia de reemplazo, ordenando a los demandados a pagar las sumas que indica, con intereses, reajustes y costas. Se procedió a la vista del recurso en la audiencia del día 16 de junio de 2022, asistiendo por el recurrente el abogado Jonattan Olivares Vergara, quien alegó lo pertinente en defensa de sus derechos.  CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el recurso de nulidad es un medio de impugnación de carácter extraordinario y de derecho estricto, que debe ajustarse cabalmente a la normativa que lo regula, por lo que su procedencia está limitada, en primer término, por la naturaleza de las resoluciones impugnables; en segundo lugar, por las causales expresamente establecidas en la ley; y, finalmente, por las formalidades que debe cumplir el escrito respectivo, en especial, su fundamentación, peticiones concretas y la forma en que se interponen sus causales si son varias las invocadas, todo lo cual fija el alcance de la competencia del tribunal.  SEGUNDO: Que, respecto de las causales de impugnación, la demandante interpone el recurso – primeramente - fundado en aquella contemplada en el artículo 477 del Código del Trabajo, es decir, por infracción de ley que haya influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo, resultando infraccionados los artículos 4, 162, 454 y 456 del referido cuerpo legal, y en subsidio, la causal señalada en el artículo 478

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Puerto Montt, trenta de junio de dos mil veintidós. Vistos: En autos RIT O-15-2021 del Juzgado de Letras del Trabajo de Puerto Montt, en procedimiento de aplicación general, Rol de Ingreso de Corte Laboral-Cobranza Nº411-2021, comparece el abogado don Jonattan Olivares Vergara, en representación de los demandantes 1) don Waldemar Alfredo Alvarado Gallardo, 2) don Sergio Sebastián Almonacid Marín,

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