PALMA/URBINA
Rol
Fecha
30 de junio de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
DECLARA ADMISIBLE QUERELLA
Hechos
VISTOS Y OÍDO: Con fecha 18 de marzo de 2022, comparece el señor Fiscal Regional de Aysén, don Carlos Palma Guerra, por el Ministerio Público, quien deduce querella de capítulos en contra de doña Cecilia Eliana Urbina Pinto, abogada, domiciliada en Simón Bolívar número 135, piso 2, de la comuna de Coyhaique. Con fecha 14 de junio de 2022, se hacen parte, en calidad de defensores de la capitulada, los abogados don Francisco Ortega Acevedo, don Alejandro Jara Riquelme y don Sebastián Trewhela Navarrete. Con fecha 23 de junio de 2022, se llevó a efecto la audiencia pública de estilo, a través de videoconferencia, ante esta Corte de Apelaciones, a la que concurrieron, por el Ministerio Público, el abogado representante don Álvaro Pérez D’Alencon y, en representación de la capitulada, el abogado Defensor Penal Privado, don Francisco Ortega Acevedo. En estrados, el Ministerio Público esgrimió sus argumentos, a fin de que esta Corte declare la admisibilidad de la querella, en atención a los nuevos antecedentes obtenidos, y que encuentran sustento en la investigación comprendida entre el periodo que se conoció en la querella de capítulos original, y la solicitud de formalización, conocidos por esta Corte en causa Rol 229-2021, por un cuarto hecho, consistente en un delito de prevaricación tipificado en el artículo 224, N°7, del Código Penal. A su turno, el abogado de la querellada, alegó por el rechazo de la querella de capítulos, acusando que la admisibilidad del capítulo es una cuestión previa y no posterior a la acusación, estimando que la querella de capítulos sobre la que se debate, fue presentada por el Ministerio Público después y no antes de formular la acusación, por lo que la querella carece de aptitud procesal y se encuentra caducado su derecho a requerirla en tiempo y forma. Que, finalizados los alegatos de los comparecientes, se procedió a comunicar la decisión de esta Corte, en virtud de la cual la causa quedó en estado de acuerdo.
Fundamentos
CONSIDERANDO Y TENIENDO, ADEMÁS, PRESENTE: PRIMERO: Que, la presente querella de capítulos ha sido interpuesta por el Señor Fiscal Regional de Aysén, y dice relación con un nuevo hecho incorporado al proceso en la audiencia de formalización de la investigación, celebrada ante el Juzgado de Garantía de Coyhaique, con fecha 21 de diciembre de 2021, que no fue incluido en la Querella de Capítulos correspondiente al Rol 229-2021, ejecutado por la Magistrada, doña Cecilia Eliana Urbina Pinto, consistente en la dictación de una sentencia condenatoria en procedimiento monitorio respecto de Matías Jesús Cáceres Vásquez, con quien es pariente por afinidad en el primer grado de la línea recta. Indica que, habiéndose cerrado la investigación con fecha 8 de marzo de 2022, el Ministerio Público estima que, hay fundamento serio para el enjuiciamiento de doña Cecilia Eliana Urbina Pinto, contra quien se formalizó investigación, correspondiendo formular acusación según el artículo 248 del Código Procesal Penal, acto procesal efectuado el día 18 de marzo de 2022 en el Tribunal de Garantía de Coyhaique, siendo necesario que se declare admisible una Querella de Capítulos, respecto del nuevo hecho de prevaricación que fuera formalizada, el cual no fue considerado en la Querella de Capítulos Rol 229-2021, pues fue descubierto con posterioridad a la solicitud de fecha 21 de agosto de 2021. A modo de contextualización, pormenoriza cada uno de los cuatro hechos que forman parte de la querella de capítulos seguida con el Rol 229-2021, indicando que, para acreditar los hechos investigados respecto de los cuales se ha decidido formular acusación, se ha reunido, declaración de testigos, informes periciales, prueba documental, especies incautadas, fotografías y otros medios en general. Agrega que los hechos considerados en la referida querella de capítulos ya acogida, consisten en los delitos de revelaciones de secretos y de prevaricación judicial, ya conocidos. Respecto al último hecho de la acusación, el cual es motivo de la presente Querella de Capítulos, señala que, con fecha 22 de julio de 2020, la jueza Titular del Juzgado de Garantía de Coyhaique, doña Cecilia Eliana Urbina Pinto, en ejercicio de sus funciones, en investigación RUC 2000474272-K, RIT 1894-2020, dictó sentencia condenatoria en procedimiento monitorio en contra de Matías Jesús Cáceres Vásquez, quien es hijo de su cónyuge Jorge Jesús Cáceres Osses, como consta en copia de la sentencia, apareciendo como autora y redactora de ésta, la referida capitulada, según firma digital del documento. Constando también en la certificación de fecha 07 de septiembre de 2021, suscrita por don Flavio Stefano Besomi Hernández, Jefe de Unidad de Administrativo de causas del Tribunal de Garantía de Coyhaique respecto a la causa RUC 2000474272-K, RIT 1894-2020. Indica también que consta, el parentesco entre la Magistrado y el sentenciado Matías Jesús Cáceres Vásquez, mediante los certificados acompañados, de matrimonio de
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, las disposiciones legales citadas, y lo establecido en los artículos 424, 425 y 428 del Código Procesal Penal, SE DECLARA ADMISIBLE la querella de capítulos interpuesta por el señor Fiscal Regional de Aysén, don Carlos Palma Guerra, en contra de la señora Juez Titular del Juzgado de Garantía de Coyhaique, doña Cecilia Eliana Urbina Pinto, quedando ésta suspendida de sus funciones, una vez ejecutoriada que sea la presente sentencia. Remítase copia del presente fallo al Juzgado de Garantía de Coyhaique. Regístrese, comuníquese y, en su oportunidad, archívese. Redacción de la Ministra Titular, doña Natalia Marcela Rencoret Oliva. Rol N° 57-2022 (Penal – Querella de Capítulos).
Texto Completo (Preview)
Coyhaique, treinta de junio de dos mil veintidós. VISTOS Y OÍDO: Con fecha 18 de marzo de 2022, comparece el señor Fiscal Regional de Aysén, don Carlos Palma Guerra, por el Ministerio Público, quien deduce querella de capítulos en contra de doña Cecilia Eliana Urbina Pinto, abogada, domiciliada en Simón Bolívar número 135, piso 2, de la comuna de Coyhaique. Con fecha 14 de junio de 2022, se hace
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