DAVID MARCELO MONSALVE MOSALVE/CONSEJO PARA LA TRANSPARENCIA
Rol
Fecha
30 de junio de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA, SIN COSTAS
Hechos
Vistos: En folio 1, don David Marcelo Monsalve Monsalve, psicólogo, con domicilio en Concepción, calle Orompello N° 1023-B, interpone reclamo de ilegalidad en contra de la decisión de amparo rol C-1623-21 adoptada por el Consejo para la Transparencia (CPLT) en sesión N°1188 de 8 de junio de 2021, que rechaza el amparo que dedujo en contra de Gendarmería de Chile, pide que se acoja el reclamo y se revoque lo resuelto ordenando a Gendarmería de Chile otorgarle copia de los sumarios que señala, con costas. Funda su reclamo en que por resolución exenta N° 8.194 dictada por el Director Nacional de Gendarmería de Chile de 27 de noviembre de 2019, no se prorrogó para el año 2020 su designación a contrata “por las razones fundadas consignadas en los
Fundamentos
considerandos del presente acto administrativo”. Añade que la Corte de Apelaciones de Chillán, en causa rol 1429-2020 acogió un recurso de protección y se deja sin efecto la resolución exenta N° 8194 y se ordena su reintegro y el pago de todas las remuneraciones. Esta sentencia fue confirmada. Añade que por resolución exenta Nº 1251 de 27 de noviembre de 2019 dictada por el Director Regional de Ñuble de Gendarmería de Chile, se ordenó instruir sumario en su contra por los mismos hechos que sirvieron de base para la decisión de no renovación de su contrata y el sumario se encuentra en fase probatoria. Sostiene no poner en duda la objetividad del Fiscal Administrativo del sumario y en el despliegue de los medios de defensa que sean posibles, entre los que se cuenta el conocer la jurisprudencia administrativa de Gendarmería de Chile y de qué manera se han resuelto casos de menor, igual y mayor gravedad que los cargos que enfrenta, el 15 de diciembre de 2020 solicitó a Gendarmería de Chile copia de cuarenta y siete sumarios administrativos afinados e individualizados de cinco Direcciones Regionales de Gendarmería de Chile, todos los cuales terminaron en la sanción de destitución por las causales que indica entre los años 2014 y 2020. Añade que el 24 de diciembre de 2020, subsanó su requerimiento, precisando los antecedentes que requería de cada expediente y que el 18 de febrero de 2021, Gendarmería de Chile rechaza otorgar copia de los sumarios señalados, en virtud de causales de reserva y secreto del artículo 21 N° 1, letra c), N° 2 y N° 5 de la Ley de Transparencia. Sostiene que el 11 de marzo de 2021 dedujo amparo ante el CPLT, exponiendo que Gendarmería de Chile dilató la tramitación de su requerimiento y precisó que su requerimiento no comprendía el acceso a datos personales de los sancionados en los sumarios, datos que deben ser reservados, mediante tachado manual o digital. Refiere la defensa de Gendarmería de Chile y señala que el CPLT rechaza su amparo, sin perjuicio de representar al Director General de dicha institución una infracción al artículo 12 de la LDT. Refiere la jurisprudencia del CPLT y añade que su decisión acoge la argumentación de Gendarmería de Chile sin efectuar una debida ponderación de los antecedentes y de la realidad de las cosas hoy. En efecto, que Gendarmería de Chile sostenga que el requerimiento efectuado implica más de cincuenta jornadas de trabajo completas de un funcionario es un despropósito, que aluda a sistemas mecánicos o físicos, sin reconocer que todas las instituciones del Estado debe aplicar las normas sobre digitalización de documentos y antecedentes, entre los que se cuentan los sumarios, principios contenidos en la Ley N° 21.880 sobre “Transformación Digital del Estado”. Incluso si se aceptara que los sumarios solicitados no están digitalizados, Gendarmería de Chile cuenta con la tecnología para efectuar el copiado de manera informática. Añade que el principal fundamento que tuvo el CPLT para rechazar
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 1°, 2°, 21 y 28 de la ley N° 20.285, SE RECHAZA, sin costas, el reclamo de ilegalidad planteado por don David Marcelo Monsalve Monsalve, en contra de la decisión de amparo rol C-1623-2021 del Consejo para la Transparencia. Regístrese, notifíquese y archívese, en su oportunidad. Redactó Camilo Álvarez Órdenes, ministro titular. Rol contencioso administrativo 29-2021.-
Texto Completo (Preview)
C.A. de Concepción Concepción, treinta de junio de dos mil veintidós. Vistos: En folio 1, don David Marcelo Monsalve Monsalve, psicólogo, con domicilio en Concepción, calle Orompello N° 1023-B, interpone reclamo de ilegalidad en contra de la decisión de amparo rol C-1623-21 adoptada por el Consejo para la Transparencia (CPLT) en sesión N°1188 de 8 de junio de 2021, que rechaza el amparo que deduj
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