KBM SUR LIMITADA/INSPECCION PROVINCIAL DEL TRABAJO DE OSORNO
Rol
Fecha
30 de junio de 2022
Materia
RECLAMO MULTAS ADMINISTRATIVAS
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Visto y teniendo presente: 1.- Por sentencia de once de mayo de dos mil veintidós, emanada del Juzgado del Trabajo de Osorno, se resolvió rechazar la reclamación de la empresa, KBM SUR S.P.A., en contra de la Inspección Provincial del Trabajo de Osorno, por no haberse acreditado los supuestos invocados para dejar sin efecto las tres multas cursadas, dos de las cuales habían sido rebajadas en la instancia administrativa en un cincuenta por ciento, correspondiente al máximo legal 2.-Contra la referida sentencia, la parte reclamante, dedujo recurso de nulidad por la causal del artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, por vulneración de la reglas de la sana critica, conforme lo dispone el artículo 456 del mismo texto legal, para ello, su libelo se vuelca en cuestionar los presupuestos materiales de las infracciones cursadas. 3.- La causal de nulidad invocada, supone que en el proceso de valoración de la prueba, los jueces violentan las reglas de la sana crítica, en cuanto contravienen los principios de la lógica, las máximas de la experiencia o los conocimientos científicos afianzados, ya sea formalmente, por carecer de fundamento, o bien porque estos adolecen de falta de coherencia o consistencia o simplemente por no basarse en la prueba aportada o hacer una falsa ponderación de la misma. 4.-En este caso el cuestionamiento apunta, no al proceso valorativo propiamente tal, sino que a las conclusiones probatorias, asumiendo y proponiendo el recurrente una ponderación de la misma diferente, olvidando por lo demás, que los presupuestos de la reclamación en cuanto se funda en el procedimiento del artículo 512 de Código del Trabajo, se vincula a potestades que suponen la aceptación de los hechos, más importa la concurrencia de una circunstancia sobreviniente, que permite concluir que las infracciones fueron subsanadas o que hubo un error de hecho en el establecimiento de los mismas, nada de lo cual aparece haber ocurrido en la especie, lo que motivo en definitiva a la
Fundamentos
considerando además, que las argumentaciones de fondo que sustentan el recurso, no se vinculan ni directa ni indirectamente con algún error de hecho, sino con el cuestionamiento de la decisión, lo que resulta impertinente al tenor de la causal invocada, en tanto no se acredita la violación del artículo 456 que se denuncia como violentado, el motivo de nulidad no podrá prosperar por este capítulo. 7.- En relación con las otra infracciones, que se asociada a la falta de información a los trabajadores, de los riesgos para la salud, se estimó que no fue acreditado que se ella fuera subsanada, por ello no se hizo lugar a la reclamación. 4.-De lo anterior, y la falta de desarrollo de la causal, en la cual se explique, de manera precisa y concreta, cómo o de qué forma se han vulnerado en la decisión del caso las reglas de la sana critica, impide se haga lugar al recurso, más aun cuando la sentencia fue lo suficientemente sustantiva al concluir que no se demostró por la reclamante que los reproches planteados respecto de la infracciones, hubieren sido subsanadas o corregidas, o por otro lado, que en la determinación y sanción de las mismas se hubiere incurrido en un error de hecho. En consecuencia, en mérito de lo razonado y acorde lo indicado en el artículo 482 del Código del Trabajo,
Fallo
Se resuelve: Que se rechaza el recurso de nulidad interpuesto por el abogado Rodolfo Belmar Lara, por la demandante, la empresa KBM SUR S.P.A., en contra de la sentencia de cinco de mayo del año en curso, emanada del Juzgado de Letras del Trabajo de Osorno, la que no es nula. Redacción del Ministro Sr. Samuel Muño Weisz. Regístrese, comuníquese y archívese. Rol 109 – 2022 LAB.
Texto Completo (Preview)
Valdivia, treinta de junio de dos mil veintidós. Visto y teniendo presente: 1.- Por sentencia de once de mayo de dos mil veintidós, emanada del Juzgado del Trabajo de Osorno, se resolvió rechazar la reclamación de la empresa, KBM SUR S.P.A., en contra de la Inspección Provincial del Trabajo de Osorno, por no haberse acreditado los supuestos invocados para dejar sin efecto las tres multas cursadas
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