7º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

VÁSQUEZ/REYES

Rol

Fecha

7 de julio de 2022

Materia

ARRENDADOR,RESTITUCIÓN POR EXTINCIÓN DERECHO

Resultado

INADMISIBLE

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y teniendo presente: Que atendido lo dispuesto en el artículo 8° numeral 9 de la Ley N° 18.101, en los juicios de arrendamiento sólo serán apelables la sentencia definitiva de primera instancia y las resoluciones que pongan término al juicio o hagan imposible su continuación, naturaleza jurídica que no reviste la providencia que se impugna por esta vía. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto el veintisiete de mayo del año en curso, en contra de la resolución de fecha veinticuatro de ese mismo mes y año. Regístrese y devuélvase, vía interconexión. N°Civil-8882-2022.mst

Fallo

se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto el veintisiete de mayo del año en curso, en contra de la resolución de fecha veinticuatro de ese mismo mes y año. Regístrese y devuélvase, vía interconexión. N°Civil-8882-2022.mst

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago (Sala Tramitadora) Santiago, siete de julio de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: Que atendido lo dispuesto en el artículo 8° numeral 9 de la Ley N° 18.101, en los juicios de arrendamiento sólo serán apelables la sentencia definitiva de primera instancia y las resoluciones que pongan término al juicio o hagan imposible su continuación, naturaleza jurídica que no revist

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica