SIN INFORMACION

MACHUCA AHUMADA OSCAR/JUZGADO DE COBRANZA LABORAL Y PREVISIONAL

Rol

Fecha

30 de junio de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece Fabián Marcelo Martis Galindo, abogado, interponiendo acción constitucional de amparo en favor de Óscar Antonio Machuca Ahumada, a fin de que se haga cesar de forma inmediata la injusta e ilegal perturbación y amenaza al derecho y garantía constitucional de libertad personal y seguridad individual de su representado, de la que ha sido víctima desde el 6 de abril del presente año, fecha en que por resolución de la Jueza Johanna Cecilia Hernández Álvarez, se decretó el arresto por 3 días en su contra, por su supuesta calidad de representante legal de Centro Hidráulico Ltda., si en el acto de la detención no pagare la suma de $51.109.109. Expone que, el 24 de diciembre de 2014, la A.F.P. Provida inició procedimiento ejecutivo laboral por cobro de imposiciones ante el Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago, demandando una supuesta deuda previsional que mantendría la empresa Centro Hidráulico Limitada, tramitada con el RIT N° A-3319-2014. En dicha causa, se inició la ejecución y se despacharon diversas órdenes de arresto en contra del verdadero representante legal de la demandada, esto es, el señor Mario Hernán Alonso Hermosilla, sin resultado positivo, puesto que la empresa se encuentra sin movimiento y con termino de giro hace más de 10 años. Señala que consta en ese expediente que el referido representante legal de la ejecutada falleció el 19 de diciembre de 2019, fecha desde la cual en esos autos se ha iniciado una “terrible e infundada persecución” en contra del amparado, puesto que figura como socio de la empresa deudora, sin perjuicio de que nunca fue ni será su representante legal, constituyéndose ello en la infundada razón por la que se han despachado apremios contrarios a la Constitución Política y las Leyes, motivo de esta acción de amparo. Precisa que, en la referida causa RIT A-3319-2014, se decretó el arresto de su representado, en virtud de lo dispuesto en el artículo 12 de la Ley N° 17.3

Fundamentos

motivos que dieron origen al arresto, esto, es, una deuda de cotizaciones previsionales de una persona jurídica, más aun teniendo presente que las normas que restringen garantías constitucionales se deben interpretar en forma restrictiva, como en el caso de la libertad de una persona. Argumenta que la responsabilidad del representante legal de la sociedad demandada, en ningún caso, se puede traspasar a otra persona por el sólo hecho de su fallecimiento y haber sido, otra persona, socio de la sociedad ejecutada, por lo que la resolución además de ser contraria a derecho, a las garantías constitucionales del amparado; pensar lo contrario, llevaría al absurdo que cualquier miembro de una sociedad podría ser apremiado por no haberse pagado las cotizaciones de un trabajador en años anteriores, incluso si no pertenecía a esa sociedad y después detentó la calidad de socio. Por otra parte, refiere que se acreditó ante el Juzgado que, la sociedad ejecutada, se encuentra con termino de giro y sin movimiento hace más de 10 años, por lo que malamente se puede hacer responsable al amparado de asuntos que no eran de su resorte y responsabilidad. Estima importante hacer presente que la ejecutante cuenta con diversos medios para el cobro de las cotizaciones que dice que se le adeudan, por loque no se puede acceder o aplicar la medida más gravosa que contempla la ley en caso de no pago de cotizaciones y, menos respecto de una persona que no es el representante legal de la sociedad supuestamente deudora. Refiere, a mayor abundamiento, que el amparado es una persona próxima a cumplir 73 años, que ha sufrido infartos al corazón y padece diversas enfermedades, por lo que el apremio de arresto lo expone, atendida su avanzada edad y enfermedades a un peligro para su vida en caso de que se lleve a efecto, conculcando también otras garantías constitucionales -no protegidas por esta acción-. Agrega que, en su oportunidad, hizo uso de todos los mecanismos legales procedentes en la causa de cobranza laboral, señalando todo lo dicho, sin ningún resultado, por lo que no le queda más opción que esta acción de amparo. Cita los artículos 19 N° 7 y 21 de la Carta Fundamental, reiterando su argumento relativos a los antecedentes de hecho y la ilegalidad del apremio decretado y agrega que la jueza recurrida no sólo malinterpretó extensivamente los artículos 12, 14 y 18 de la Ley N° 17.322, sino que esto además configura una prisión por deuda, de la que, el amparado, jamás ha tenido responsabilidad, por lo que el actuar de la recurrida es tanto contrario a la Constitución Política, como a Tratados Internacionales ratificados por Chile, citando lo dispuesto en el artículo 7 N° 7 del Pacto de San José de Costa Rica, de jerarquía superior a la Ley N° 17.322. Finaliza, solicitando que se acoja la acción, dejando sin efecto la orden de arresto decretada en contra del amparado, oficiando a Carabineros de Chile, la Policía de Investigaciones y la recurrida al efecto. SEGUNDO: Que,

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo establecido en el artículo 21 de la Constitución Política y el Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Amparo, se rechaza, sin costas, el recurso de amparo constitucional deducido a favor de Óscar Antonio Machuca Ahumada en contra del Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Santiago. Regístrese, comuníquese y archívese. N°Amparo-2681-2022.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, treinta de junio de dos mil veintidós. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece Fabián Marcelo Martis Galindo, abogado, interponiendo acción constitucional de amparo en favor de Óscar Antonio Machuca Ahumada, a fin de que se haga cesar de forma inmediata la injusta e ilegal perturbación y amenaza al derecho y garantía constitucional de libertad personal y segur

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica