SOCIEDAD CHILENA DE AUTORES E INTÉRPRETES MUSICALES/ASESORÍAS E INVERSIONES ELFOS S.A.
Rol
Fecha
4 de julio de 2022
Materia
OTROS SUMARIOS
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que conforme lo dispone el artículo 686 del Código de Procedimiento Civil, a propósito del procedimiento sumario, la prueba, cuando haya lugar a ella, se rendirá en el plazo y en la forma establecida para los incidentes. Por su parte, el inciso final del artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, establece que las resoluciones que se pronuncien con ocasión de recibirse un incidente a prueba son inapelables, siendo ésta una norma de carácter especial que prima por sobre la disposición del artículo 319 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual se declara inadmisible el recurso de apelación deducido con fecha nueve de junio de dos mil veintiuno en contra de la resolución dictada el día ocho del mismo mes y año, y concedido el día dos de junio del año en curso. Devuélvase. N°Civil-8.830-2.022.
Fallo
se declara inadmisible el recurso de apelación deducido con fecha nueve de junio de dos mil veintiuno en contra de la resolución dictada el día ocho del mismo mes y año, y concedido el día dos de junio del año en curso. Devuélvase. N°Civil-8.830-2.022.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, cuatro de julio de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: Que conforme lo dispone el artículo 686 del Código de Procedimiento Civil, a propósito del procedimiento sumario, la prueba, cuando haya lugar a ella, se rendirá en el plazo y en la forma establecida para los incidentes. Por su parte, el inciso final del artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, est
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