2º JUZGADO DE LETRAS DE LA SERENA

ROJAS VALERA, DAVID/CUBILLOS ALVAREZ, ISABEL GLADYS Y OTRA

Rol

Fecha

30 de junio de 2022

Materia

INDEMNIZACIÓN DE PERJUICIOS TRANSPORTE TERRESTRE

Resultado

CONFIRMADA CON DECLARACIÓN

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de su

Fundamentos

considerando séptimo, el cual se elimina. Y TENIENDO EN SU LUGAR, Y ADEMÁS, PRESENTE: PRIMERO: Que, atendido el mérito de los antecedentes, en particular, de lo expuesto en los escritos fundamentales del periodo de discusión y de los documentos acompañados, los cuales ilustran a este tribunal respecto de la dinámica del accidente, es que comparten estos sentenciadores los argumentos de la juzgadora a quo en orden a la responsabilidad que corresponde a la demandada en los hechos materia de autos. SEGUNDO: Que, sin perjuicio de lo anterior, se estima por parte de esta Corte que no se encuentra suficientemente acreditado en autos el origen de los daños que presenta el vehículo del actor en su parte delantera, toda vez que la constancia efectuada por el demandante ante Carabineros omite cualquier referencia a tal punto y las fotografías acompañadas no dan cuenta de haber efectivamente el actor impactado a un tercer vehículo involucrado -que supuestamente lo antecedía-, por lo que se concluye que la indemnización otorgada por el tribunal de la instancia resulta excesiva, siendo necesario acotar la misma únicamente a aquellos gastos que dicen relación con la reparación de los daños de la parte trasera del vehículo, en base a los presupuestos acompañados, conforme se consignará en lo resolutivo.

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 186, 223 y 227 del Código de Procedimiento Civil, SE CONFIRMA, la sentencia de fecha veintidós de febrero de dos mil veintidós, íntegramente transcrita en la carpeta digital, con declaración que se rebaja la indemnización otorgada por concepto de daño emergente a la suma de ochocientos mil pesos ($800.000.-). Acordada con el voto con contra del Ministro Titular Sr. Le Cerf, quien fue del parecer de revocar la resolución en alzada y rechazar en todas sus partes la demanda interpuesta, toda vez que si bien comparte las consideraciones en torno a la responsabilidad que cabe a la demandada en los hechos, estima que el daño emergente concedido no se encuentra debidamente acreditado, ya que los presupuestos acompañados, por una parte, tiene un carácter privado y no han sido reconocidos en juicio, careciendo por ende de todo valor probatorio, y por otra, constituyen una mera estimación de los supuestos perjuicios sufridos, pero no acreditan un real desembolso monetario y por tanto una efectiva disminución patrimonial experimentada por el actor. Regístrese y devuélvase vía interconexión. Rol Nº 574-2022.- Civil.-

Texto Completo (Preview)

Rojas Valera, David Cubillos Alvarez, Isabel y otro Indemnización de Perjuicios Rol N° 574-2022.- (C-3428-2019 del Tercer Juzgado de Letras de La Serena) La Serena, treinta de junio de dos mil veintidós. VISTOS: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de su considerando séptimo, el cual se elimina. Y TENIENDO EN SU LUGAR, Y ADEMÁS, PRESENTE: PRIMERO: Que, atendido el mérito de los ant

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