PACHECO/HELP SPA
Rol
Fecha
1 de julio de 2022
Materia
PRESTACIONES
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos: En autos RIT O-6910-2020, RUC 20- 4-0303994-3, seguidos ante el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, caratulados “PACHECO/HELP SPA”, en procedimiento de aplicación general, sobre despido injustificado y cobro de prestaciones laborales, por sentencia de veintidós de junio de dos mil veintiuno, el magistrado don Francisco Veas Vera, acogió la demanda interpuesta por los actores, declarándose que los despidos que les afectaran resultan injustificados, en razón de lo cual condenó a la demandada al pago de las indemnizaciones y prestaciones que dicha sentencia indica y -además- ordenó la devolución de los montos descontados por concepto de aporte del empleador al seguro de cesantía. Contra ese fallo la parte demandada dedujo recurso de nulidad, fundando su arbitrio en las 3 causales que señala, las que interpone de manera subsidiaria; (i) la causal del 478 letra b) del Código del Trabajo; (ii) la del artículo 477 del Código del Trabajo, por infracción del artículo 161 inciso primero del Código del Trabajo; y (iii) la causal de nulidad del artículo 477 del Código del Trabajo, por infracción del artículo 13 de la ley 19.728. Declarado admisible el recurso se procedió a su vista, oportunidad en que alegó el apoderado de la parte recurrente.
Fundamentos
Considerando: 1.- Causal del artículo 478, letra b) del Código del Trabajo Primero: La parte demandada argumenta que el error se materializa en las conclusiones fácticas a las que arriba el sentenciador. Expresa que en el
Fallo
fallo la parte demandada dedujo recurso de nulidad, fundando su arbitrio en las 3 causales que señala, las que interpone de manera subsidiaria; (i) la causal del 478 letra b) del Código del Trabajo; (ii) la del artículo 477 del Código del Trabajo, por infracción del artículo 161 inciso primero del Código del Trabajo; y (iii) la causal de nulidad del artículo 477 del Código del Trabajo, por infracción del artículo 13 de la ley 19.728. Declarado admisible el recurso se procedió a su vista, oportunidad en que alegó el apoderado de la parte recurrente. Considerando: 1.- Causal del artículo 478, letra b) del Código del Trabajo Primero: La parte demandada argumenta que el error se materializa en las conclusiones fácticas a las que arriba el sentenciador. Expresa que en el fallo se encuentra asentado que Help S.A. padeció un mal estado de sus negocios durante el año 2020, lo que implicó que tuviese cuantiosas pérdidas y que se viese en la necesidad de despedir trabajadores. El propio sentenciador funda su fallo expresando que la prueba incorporada permite concluir que las necesidades de la empresa se encuentran justificadas a nivel general de la compañía. A pesar de dicha declaración, se aduce que no se encuentran fundamentadas las necesidades de la empresa, para el caso concreto de los demandantes, puesto que la empresa sigue prestando servicios, continúan las funciones que desarrollaban los demandantes y aún se mantienen trabajadores que han cubierto las labores realizadas por lo
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C.A de Santiago Santiago, uno de julio de dos mil veintidós. Vistos: En autos RIT O-6910-2020, RUC 20- 4-0303994-3, seguidos ante el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, caratulados “PACHECO/HELP SPA”, en procedimiento de aplicación general, sobre despido injustificado y cobro de prestaciones laborales, por sentencia de veintidós de junio de dos mil veintiuno, el magistrado don Fran
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