TORRES/CASCANTE
Rol
Fecha
1 de julio de 2022
Materia
PRECARIO, INC. 2º ART. 2.195 C.C
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1°) Que de conformidad con lo establecido en el artículo 189 del Código de Procedimiento Civil, el recurso de apelación debe contener además de los
Fundamentos
fundamentos de hecho y de derecho en que se apoya, las peticiones concretas que se formulan al tribunal de segunda instancia. 2°) Que la apelación deducida por la parte demandada carece de peticiones concretas, resultando insuficiente la solicitud de que se "revoque la sentencia dictada”, atendido que la parte resolutiva del
Fallo
fallo contiene una serie de decisiones respecto del asunto debatido, por lo que la apelación no será admitida a tramitación. Y de acuerdo, además, con lo dispuesto en el artículo 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación, interpuesto por la parte demandada con fecha seis de junio pasado, en contra de la sentencia dictada con fecha dieciséis de mayo de dos mil veintidós. Regístrese y comuníquese. N°Civil-8707-2022.
Texto Completo (Preview)
cmos C.A. de Santiago Santiago, uno de julio de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: 1°) Que de conformidad con lo establecido en el artículo 189 del Código de Procedimiento Civil, el recurso de apelación debe contener además de los fundamentos de hecho y de derecho en que se apoya, las peticiones concretas que se formulan al tribunal de segunda instancia. 2°) Que la apelación deducida
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