PREFECTURA DE CARABINEROS DE CHILE - SUPER 10 S.A Y OTRAS
Rol
Fecha
30 de junio de 2022
Materia
SIN MATERIA
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada con excepción de sus
Fundamentos
fundamentos 3º) y 4º), que se eliminan; Y, se tiene en su lugar y además, presente: Primero: Que las alegaciones vertidas en el escrito de apelación, referidas a que la cadena “Súper 10 S.A.” no tiene la calidad de entidad obligada por la Ley 19.303, conforme al Decreto Exento N° 5.123, de 4 de septiembre de 2014, por lo que no habría incurrido en infracción alguna, constituye un argumento nuevo, que no fue esgrimido en la oportunidad procesal pertinente, por lo que al no formar parte de la controversia, no corresponde que sea analizado en esta instancia; Segundo: Con todo, para resolver lo pertinente, resulta útil acudir al inciso final del artículo 10 de la Ley N° 19.303, que prescribe que: “Si en el proceso se acreditare que se ha dado cumplimiento a la obligación cuya omisión motivó la denuncia, el juez podrá dictar sentencia absolutoria.; Tercero: Que consta de los documentos aparejados a fojas 13 y 28 a 42, que la denunciada entregó a Carabineros de Chile la información actualizada de todas las medidas de seguridad que mantiene en el establecimiento y, en particular, la Directiva de Funcionamiento de la Empresa de Recursos Humanos, Alianza Seguridad Limitada, para implementar servicios con guardias de seguridad en el Supermercado mayorista 10, ubicado en Avda. Rojas Magallanes N° 1856, comuna de La Florida, debidamente aprobada; cambio de ATM; disminución de cajas de 9 a 7 y dos cajas rápidas y; aumento de cámaras de seguridad; Cuarto: Que del mérito de dichos instrumentos se desprende que la denunciada dio cumplimiento a la obligación cuya omisión motivó la denuncia, por lo que se hará uso de la facultad prevista en el citado inciso final del artículo 10, de manera que corresponde absolver a la denunciada.
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley 18.287, se revoca la sentencia apelada de once de septiembre de dos mil diecinueve, escrita a fojas 54, y se declara que absuelve a Supermercado Súper 10 S.A. y, en consecuencia, se deja sin efecto la multa impuesta. Regístrese y devuélvase. N° 4067-2019-Policía Local. Pronunciada por la Décima Tercera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago integrada con los ministros Carolina Vásquez Acevedo, Patricio Martínez Benavides y Claudia Lazen Manzur.
Texto Completo (Preview)
Certifico: Que se anunció, escuchó relación y alegó revocando el abogado don Ignacio Allendes. Santiago, 30 de junio de 2022. Camila Philp Salgado, relatora. Santiago, treinta de junio de dos mil veintidós. A fojas 78: Téngase presente. A fojas 79: A sus antecedentes. Vistos: Se reproduce la sentencia en alzada con excepción de sus fundamentos 3º) y 4º), que se eliminan; Y, se tiene en su luga
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