MINISTERIO PÚBLICO C/ JORGE ARMANDO NAVARRO CARVAJAL
Rol
Fecha
30 de junio de 2022
Materia
SECUESTRO. ART. 141
Resultado
REVOCADA
Hechos
Visto y oído: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes en estrados y, estimando estos sentenciadores que, en atención a la gravedad del delito por el que ha sido acusado el encausado, que tiene asignada pena de crimen, sin posibilidad de cumplimiento sustitutivo; estimándose que la medida cautelar más gravosa resulta la única idónea a fin de dar cautela a los fines del procedimiento; y conforme con lo dispuesto en el artículo 149 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución de veinte de junio de dos mil veintidós, dictada por el Juzgado Garantía de Quilpué y, en su lugar, se declara que se hace lugar a la solicitud de la querellante, y en consecuencia, se decreta la medida cautelar de prisión preventiva respecto del acusado JORGE ARMANDO NAVARRO CARVAJAL. Acordada con el voto en contra del Ministro señor Mario Gómez Montoya, quien estuvo por confirmar la resolución apelada, por estimar que la medida cautelar de arresto domiciliario total resulta suficiente para asegurar los fines del procedimiento. Notifíquese, comuníquese por la vía más expedita y devuélvase. N° Penal-1458-2022.
Fallo
se declara que se hace lugar a la solicitud de la querellante, y en consecuencia, se decreta la medida cautelar de prisión preventiva respecto del acusado JORGE ARMANDO NAVARRO CARVAJAL. Acordada con el voto en contra del Ministro señor Mario Gómez Montoya, quien estuvo por confirmar la resolución apelada, por estimar que la medida cautelar de arresto domiciliario total resulta suficiente para asegurar los fines del procedimiento. Notifíquese, comuníquese por la vía más expedita y devuélvase. N° Penal-1458-2022.
Texto Completo (Preview)
Llg C.A.Valparaíso. ACTA DE AUDIENCIA En Valparaíso, a treinta de junio de dos mil veintidós, se da inicio a esta audiencia a las 09:50 horas, ante la Quinta Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de Valparaíso, modalidad Videoconferencia, siendo presidida por el Ministro don Mario René Gómez Montoya e integrada por el Ministro don Alejandro Germán García Silva y el Fiscal Judicial don Mario Enri
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