SIN INFORMACION

RODRÍGRUEZ BELTRÁN VIDAL ANTONIO/1° JUZGADO DE FAMILIA DE SANTIAGO

Rol

Fecha

29 de junio de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto y teniendo presente: Primero: Que, comparece Hernando Campos Zúñiga, abogado, actuando en favor de Vidal Antonio Rodríguez Beltrán, e interpone recurso de amparo preventivo en contra del Primer Juzgado de Familia de Santiago, por la ilegalidad y arbitrariedad en la demora para dar término al procedimiento administrativo sin señalar

Fundamentos

fundamentos de manera precisa afectando el derecho a la libertad personal y a la seguridad individual establecido en el artículo 19 N° 7 de la Constitución Política de la República. Funda el recurso expresando que, en causa RIT C-1657-2012 RUC 12-2-0127447-6 seguida ante el Primer Juzgado de Familia de Santiago, el sentenciado y amparado en el presente amparo, conforme a la resolución dictada el día 08 de junio de 2022 fue objeto de una orden de arresto nocturno entre las 22:00 horas de cada día hasta las 06:00 horas del día siguiente por el término de 15 días, si no paga la deuda por concepto de alimentos por un monto de $5.246.512.- o no acredita el pago de la misma. Explica que, la mencionada resolución agraviante, arbitraria, atentando contra su libertad personal e seguridad individual, como a la vez contra su actual estado de salud, para don Vidal Rodríguez Beltrán, puesto que de su análisis se infiere, que es eminentemente abusiva, toda vez que al momento de resolver el Tribunal aquo, debió tener en cuenta específicamente las características particulares de los hechos, de los cuales don Vidal Rodríguez Beltrán, informa en diferentes escritos expuestos claramente ante el Tribunal ad quo, que no fueron consideradas, menos aún se escucha el audio de la audiencia, donde se indica un asistente no un psicopedagogo, puesto que los honorarios son totalmente diferentes como también sus servicios. Agrega que, en las liquidaciones realizadas por el juzgado, que actualmente suman más de $5.000.000, aparecen deudas por supuestos “servicios de psicopedagogía”, “terapias de psicopedagoga”, etc., siendo que en ninguna parte de la resolución de conciliación de esta causa aparece que se debe pagar por tales ítems. Por otro lado, refiere que el amparado no tiene la capacidad económica de asumir más responsabilidades, dado que, además de sus hijos Antonio y Beatriz, don Vidal Rodriguez tiene otras dos hijas menores, Emilia y Sofía, de 10 y 6 años respectivamente, y con las cuales también tiene la responsabilidad de aportar en sus necesidades básicas. Asimismo, expresa que interpuso una demanda de rebaja de alimentos, la cual esta en actual tramitación y con un recurso de apelación pendiente, Rol Ingreso Corte 2388-2021. Por otra parte, esgrime y detalla diversas afecciones de salud que aquejan al amparado producidas por los problemas referidos a las distintas causas de familia que enfrenta sumado a la orden de arresto de la que ha sido objeto, arriesgando la pérdida de su fuente laboral. En cuanto a la transgresión al artículo 19 N° 7 de la Constitución Política de la República, señala que se cumple en la especie, por los hechos referidos en su presentación y dado que en la causa de rebaja de alimentos se ve impedido de apelar al encontrarse pendientes recursos de apelación desde el año 2020 y 2021. En definitiva, solicita, que se deje son efecto la orden de arresto y demás apremios decretados. Adjunta a su presentación, los siguientes documentos: 1)

Fallo

Por estas consideraciones, y visto, además, lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, y Auto Acordado sobre la materia, se rechaza, el recurso de amparo “preventivo” interpuesto en favor de don Vidal Antonio Rodríguez Beltrán en contra del Primer Juzgado de Familia de Santiago. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Ingreso N° 2733-2022 Amparo

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, veintinueve de junio de dos mil veintidós. Visto y teniendo presente: Primero: Que, comparece Hernando Campos Zúñiga, abogado, actuando en favor de Vidal Antonio Rodríguez Beltrán, e interpone recurso de amparo preventivo en contra del Primer Juzgado de Familia de Santiago, por la ilegalidad y arbitrariedad en la demora para dar término al procedimiento administrativo s

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